RESOLUCIÓN N° 952/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONEXIÓN DE DESAGÜES CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21375, el día 21 de Diciembre de 2022.



SALTA, 06 de Diciembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 952

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 369 - 170.043/22 - 0 y agregados

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Salud para la ejecución de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/09, rolan los antecedentes de las solicitudes, informes y relevamientos efectuados por las autoridades del Centro de Salud Nº 44 de Villa Floresta de la ciudad de Salta y la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Salud Pública, planteando la necesidad de la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones edilicias para una mejor prestación del servicio de salud pública que se brinda en el mismo;;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar la conexión de los desagües cloacales a la red que pasa por la calle, lo que brindará al centro de salud mayor seguridad sanitaria, ya que evitaría la posible colmatacion y posterior rebalse del pozo ciego existente, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 12/13 y de las especificaciones técnicas de fs. 26/44;

Que, en virtud de ello, a fs. 11/44 la Dirección de Obras de Salud, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 562.520,15 (pesos quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, conforme detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 41;

Que la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículos 14 y 92 inciso a) de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a fs. 46, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 409/22 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 49 vta. y 50, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 55/56, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolcución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 57/59, mediante Dictamen Nº 504/22, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 60, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 203/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economia y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 11/44 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., para la ejecución de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA", con un presupuesto oficial de $ 562.520,15 (pesos quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

· Arq. Cecilia Quintar Directora de Obras Salud de la S.O.P.

· Ing. Marcelo en Jefe de Programa de la Direccion de Obras de Salud de la S.O.P.

· Sr. Alejandro Cimino Agente la Direccion de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P.

· Dr. Rodrigo F. Catacata, Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a: Curso de Acción: 092007019003 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 942 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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