RESOLUCIÓN N° 953/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21376, el día 22 de Diciembre de 2022.



SALTA, 06 de Diciembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 953

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 167 - 1.684/22 0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Salud para la ejecución de la obra “REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO.. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/20, rolan los antecedentes de las solicitudes realizadas por las autoridades del Hospital de referencia, la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Salud Pública y la Subsecretaría del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, planteando la necesidad de la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones edilicias para una mejor prestación del sevicio de salud pública que se brinda en el mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto la refacción del Laboratorio, la construcción de una oficina para el Registro Civil, el cerco perimetral del Hospital y el cambio de grupo electrógeno, alcanzando una superficie aproximada de 110 m2 cubiertos, conforme la detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 22/26 y de las especificaciones técnicas particulares de fs. 48/79;

Que, en virtud de ello, a fs. 21/79 la Dirección de Obras de Salud, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.625.841,01 (pesos quince millones seiscientos veinticinco mil ochopcientos cuarenta y uno con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022;

Que la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículos 14 y 92 inciso a) de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos;

Que a fs. 80, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 346/22 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 84 vta. y 85, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 90/91, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 92/94, mediante Dictamen Nº 505/22, la Asesoría Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 95, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 202/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economia y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 21/79 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., para la ejecución de la obra “REFACCIÓN LABORATORIO Y OFICINA PARA EL REGISTRO CIVIL EN HOSPITAL DR. VICENTE ARROYABE - PICHANAL - DPTO.. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.625.841,01 (pesos quince millones seiscientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y uno con 01/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • > Arq. Cecilia Quintar Directora de Obras de Salud de la S.O.P.

  • >> Arq. Mario Saftic, Ajente de la Direccion de Obras de Salud de la S.O.P

  • >>> Dr. Agustín Bonari, Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará hasta la suma de $ 1.000.000,00 al Curso de Acción: 092007019104 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 936 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

    ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

    ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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