RESOLUCIÓN N° 982/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: RECAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE LA ESCUELA JESÚS DE NAZARET N° 4.296, COLEGIO SECUNDARIO ARMADA ARGENTINA N° 5.011 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21383, el día 04 de Enero de 2023.



SALTA, 14 de diciembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 982

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 265.880/22 - 0

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación, para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE LA ESCUELA JESÚS DE NAZARET N° 4.296, COLEGIO SECUNDARIO ARMADA ARGENTINA N° 5.011 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/02 obra nota de elevación con el proyecto ejecutivo elaborados por el inspector de obra de la Dirección de Obras Municipales, en virtud de la solicitud de ejecución de obras prioritarias efectuada por la Secretaría de Administración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que la presente contratación tiene por objeto la normalización eléctrica existente de la Escuela N° 4295 “Jesús de Nazareth” y del Colegio Secundario N° 5011 “Armada Argentina” de la localidad de Pichanal. Las tareas consisten en la normalización del pilar de acometida eléctrica, normalización de los gabinetes eléctricos que no cumplan la normativa vigente, cambio de llaves de efecto de luz y tomacorrientes, provisión e instalación de lámparas a tecnología led, provisión e instalación de circuitos independientes para equipos de aires acondicionados, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 10/11 y de las especificaciones técnicas particulares de fs. 12/17 y 29/30;

Que, en virtud de ello, a fs. 10/36, la Dirección de Obras de Educación y la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionaron el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 27.869.876,62 (pesos veintisiete millones ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y seis con 62/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley N° 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Pichanal;

Que a fs. 37, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 476/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 40, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 47/48, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 49/50, rola Dictamen Nº 593/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 51, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 209/22;

Que a fs. 52 vta., rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras de Educación y la Dirección de Obras Municipales, para la obra “RECAMBIO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE LA ESCUELA JESÚS DE NAZARET Nº 4.296, COLEGIO SECUNDARIO ARMADA ARGENTINA Nº 5.011 - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 27.869.876,62 (pesos veintisiete millones ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y seis con 62/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Pichanal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Pichanal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 8.360.962,99 al Curso de Acción: 071011124501 - Proyecto: 1057 - Unidad Geográfica: 28 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N0 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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