RESOLUCIÓN N° 98D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. SR. ALBERTO DOUSDEBES.

Publicado en el Boletín N° 20700, el día 10 de Marzo de 2020.



SALTA, 06 de Marzo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 98 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 29-837231/2019.

VISTO
la renuncia presentada por el señor Alberto Dousdebes, personal de planta permanente de la Dirección General de Inmuebles, dependiente de la Secretaría General de Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del beneficio jubilatorio a través del Expediente Nº 024201280301679041 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Que, conforme lo establece el artículo 8º, inciso f), de la Ley Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público) - modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064-, una vez que el agente obtenga la jubilación, corresponde emitir el pertinente acto administrativo de extinción de la relación de empleo público;

Que, en tal sentido, el señor Alberto Dousdebes manifestó su voluntad de no someterse al examen médico de egreso, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;

Que la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos de la Coordinación Administrativa de la Gobernación y la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, han tomado la intervención de su competencia;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º, apartado B), quinto párrafo del Decreto Nº 4.955/2008, modificado por el artículo 1º de su similar Nº 1.595/2012,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.- Aceptar la renuncia presentada por el señor ALBERTO DOUSDEBES, D.N.I. Nº 12.803.016, al cargo de Supervisor Técnico - T - 2 - Función Jerárquica IV, (Nº de Orden 68, según cuadro de cargos aprobado por el Decreto Nº 323/14, del entonces Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos), de la Dirección General de Inmuebles, dependiente de la Secretaría General de Gobernación, con vigencia al 1º de abril de 2019, por haber obtenido los beneficios de la jubilación ordinaria.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el citado agente renuncia al examen psicofísico de egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Posadas





Responsive image Responsive image