RESOLUCIÓN N° 99D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. SRA. ELINA MERCEDES TOSO SALAZAR.

Publicado en el Boletín N° 20703, el día 13 de Marzo de 2020.



SALTA, 06 de Marzo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 99 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 131-280886/2019.-

VISTO
la renuncia presentada por la señora Elina Mercedes Toso Salazar, personal planta permanente de la Secretaría de Tierras y Bienes, a partir del 04 de noviembre de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del beneficio jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01283/2019 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Que, conforme lo establece el artículo 8º, inciso f), de la Ley Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público) -modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064-, una vez que la agente obtenga la jubilación, corresponde emitir el pertinente acto administrativo de extinción de la relación de empleo público;

Que, en tal sentido, la señora Toso Salazar manifestó su voluntad de no someterse al examen médico de egreso, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;

Que la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º, apartado B), quinto párrafo del Decreto Nº 4.955/2008, modificado por el artículo 1º de su similar Nº 1.595/2012,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora ELINA MERCEDES TOSO SALAZAR, D.N.I. Nº 12.712.288, al cargo de Jefa del Subprograma - P2 - FJ I (Nº de orden 11, según cuadro de cargos aprobado por Decreto Nº 323/14, de la Secretaría de Tierra y Habitat del entonces Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos), de la Secretaría de Tierras y Bienes dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, con vigencia al 04 de noviembre de 2019, por acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la citada agente, no se realizará el examen psicofísico de egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Posadas





Responsive image Responsive image