RESOLUCIÓN N° 101/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.318 - GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21407, el día 07 de Febrero de 2023.



SALTA, 30 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 101

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 7.833/14 - Cpde. 22 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.318 - GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 306/21 (fs. 35/38) a la firma ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 11.779.083,15 (pesos once millones setecientos setenta y nueve mil ochenta y tres con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 (fs. 16/18);

Que a fs. 31, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 15, rola Nota de Pedido Nº 1 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 54, mediante Actuación Nº 169/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 55/56 el Dictamen Nº 324/22 y a fs. 57 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 12,67 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021;

Que a fs. 58, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma de $ 12.972.975,81 (pesos doce millones novecientos setenta y dos mil novecientos setenta y cinco con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 11.779.083,15 (pesos once millones setecientos setenta y nueve mil ochenta y tres con 15/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 1.193.892,66 (pesos un millón ciento noventa y tres mil ochocientos noventa y dos con 66/100);

Que a fs. 60, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 63/65, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 66/67, mediante Dictamen Nº 57/23, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 68, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 16/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.318 - GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 306/21, a la contratista ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 306/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $12.972.975,81 (pesos doce millones novecientos setenta y dos mil novecientos setenta y cinco con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 11.779.083,15 (pesos once millones setecientos setenta y nueve mil ochenta y tres con 15/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 1.193.892,66 (pesos un millón ciento noventa y tres mil ochocientos noventa y dos con 66/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011028203 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 413 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





Responsive image Responsive image