RESOLUCIÓN N° 104/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE LAS REDETERMINACIONES DEFINITIVAS DE PRECIOS NROS. 8, 9, 10 Y 11. OBRA: ETAPA II A-SECTOR 1: DESAGÜES PLUVIALES SUPERFICIALES Y CONTENEDORES PARA EL BARRIO NUEVA ESPERANZA - MUNICIPIO DE SAN LORENZO - DPTO. SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21523, el día 02 de Agosto de 2023.



SALTA, 26 de Julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 104

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 0110272-87172/2021-65 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación de las redeterminaciones definitivas de precios Nº 8, Nº 9, Nº 10 y Nº 11 de la obra "ETAPA II A-SECTOR 1: Desagües Pluviales Superficiales y Contenedores para el Barrio Nueva Esperanza - Municipio de San Lorenzo - Dpto. Salta Capital", llevada a cabo en el marco del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 150/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de fecha 13/10/21 se aprobó la Licitación Pública Nacional Nº 04/21 para la contratación de la obra denominada "ETAPA II A-SECTOR 1: Desagües Pluviales Superficiales y Contenedores para el Barrio Nueva Esperanza - Municipio de San Lorenzo - Dpto. Salta Capital”, y se adjudicó a la firma MEI Obras y Servicios S.R.L. la ejecución de la misma, suscribiéndose el correspondiente contrato de obra pública, en fecha 25/10/21, por la suma de Pesos cuarenta y un millones quinientos cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y tres con 90/100 centavos ($41.544.233,90) IVA incluido, a valores del mes de mayo del año 2021;

Que por Resolución Nº 18/23 del Ministerio de Economía y Servicio Públicos de fecha 24/01/23 se aprobó el procedimiento de redeterminación de precios Nº 4, Nº 5, Nº 6 y Nº 7, estableciéndose el nuevo monto total del contrato en la suma de Pesos sesenta y tres millones trescientos veintinueve mil setecientos sesenta y tres con veintinueve centavos ($63.329.763,29) IVA incluido, a valores del mes de agosto de 2022;

Que por Notas de fechas 24/05/23 y 31/05/23, la Subsecretaría de Programas de Hábitat del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación en su carácter de organismo competente, previo análisis de la documentación correspondiente, emite la no objeción a las redeterminaciones de precios Nº 8, Nº 9, Nº 10 y Nº 11 (fs. 134/137);

Que el pliego de la obra en su art. 14.5, Sección 2 "Datos de la Licitación" establece que el contrato será redeterminado de acuerdo al Decreto Nacional Nº 691/16 cplicando la metodología indicada en el Anexo 2, Sección VIII;

Que, el art. 3 del Anexo I del Decreto Nacional Nº 691/16 prevé que los precios de los contratos de obra pública podrán ser redeterminados a solicitud de la contratista cuando los costos de los factores principales que lo componen hayan adquirido una variación promedio de esos precios superior al 5% a los del contrato. En el caso en las redeterminaciones de precios solicitadas se advierte variaciones por porcentuales superiores al exigido por la norma;

Que a fs. 145/148 obran los Reportes Decreto Nº 572/06 con la intervención del señor Secretario de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 158/159 la Directora de Financiamiento de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera informa que el monto contractual actualizado es de $65.372.583,93;

Que el gasto será financiado en un 100% por el Programa Mejoramiento de Barrios IV en carácter de subsidio para la Provincia, no significando erogación alguna al erario provincial, realizándose las incorporaciones presupuestarias una vez que se acrediten los desembolsos acordados con el organismo financiador;

Que la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo resuelto en la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas Nº 93 y del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda Nº 52 de fecha 15 de abril de 2016, ha tomado intervención y aconseja la prosecución del trámite;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad da los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º: Aprobar el procedimiento correspondiente a las redeterminaciones defintivas de precios Nº 8, Nº 9, Nº 10 y Nº 11 de la obra: "ETAPA II A-SECTOR 1: Desagües Pluviales Superficiales y Contenedores para el Barrio Nueva Esperanza - Municipio de San Lorenzo - Dpto. Salta Capital", en el marco de lo normado por el Decreto Nacional Nº 691/16, ejecjtada por la empresa MEI Obras y Servicios S.R.L.

ARTÍCULO 2º: Establecer el nuevo valor total del contrato en la suma Pesos sesenta y cinco millones trescientos setenta y dos mil quinientos ochenta y tres con noventa y tres centavos ($65.372.583,93) IVA incluido, a valores de diciembre del año 2022.

ARTÍCULO 3º: Autorizar a la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir el Acta de Redeterminaciones de Precios Definitiva Nº 8, Nº 9, Nº 10 y Nº 11 con la firma contratista.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demanda el cumplimiento de la presente será financiado en un 100% con fondos del Programa Mejoramiento de Barrios IV en carácter de subsidio para la Provincia y deberá imputarse a la partida presupuestaria correspondiente al Curso de Acción Nº 551011001401 "ETAPA II A-SECTOR 1: Desagües Pluviales Superficiales y Contenedores para el Barrio Nueva Esperanza - Municipio De San Lorenzo - Dpto. Salta Capital" Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 5º: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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