RESOLUCIÓN N° 10D/21
ACEPTA RENUNCIA. LIC. LUCRECIA DEL HUERTO GUTIERREZ. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 20911, el día 22 de Enero de 2021.



SALTA, 19 de Enero de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 10 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 254319/20-código 134

VISTO
, la renuncia presentada por la Licenciada Lucrecia del Huerto Gutierrez, DNI Nº 10.494.964, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital de "Señor del Milagro” - Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de octubre de 2020, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio tramitado a través del Expediente Nº 0242710494964441, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 03 vta. y 10);

Que la agente incumplió con la presentación del examen psico-físico de egreso, por su expresa negativa (fs. 08);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de octubre de 2020, la renuncia de la Licenciada LUCRECIA DEL HUERTO GUTIERREZ, DNI Nº 10.494.964, al Cargo: Enfermera, Agrupamiento: Enfermería, Subgrupo: 1, Nº de Orden 288, del Decreto 1.034/96, con desempeño como Jefa de Sector Dermatología y Consultorios, Función Nº 47, dependiente del Hospital "Señor de Milagro” - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Licenciada GUTIERREZ, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.-  Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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