RESOLUCIÓN N° 111/22
DECLARA FRACASADA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 02/21. OBRA: REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.665 - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21186, el día 08 de Marzo de 2022.



SALTA, 17 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN Nº 111

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 189.876/18 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 02/21 para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.665 JESÚS DE LA DIVINA MISERICORDIA - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 104/147, mediante Resolución S.O.P. Nº 528/21, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se dispone el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 6.725.430,84 (pesos seis millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos treinta con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Educación a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 155 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 156, en el Boletín Oficial, a fs. 157 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 29 de Octubre de 2.021 (fs. 191), presento su única oferta la empresa “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

>Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 192, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. Nº 528/21, la cual recomienda declarar inadmisible la oferta presentada por la empresa “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel” por cuanto se observa que la planilla no se ajusta a la matriz inserta en el pliego de condiciones particulares - Anexo 3, según lo requerido en el Artículo 10 del P.C.P.;

Que a fs. 194, rola la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentara impugnación al mismo;

Que a fs. 196/197, mediante Dictamen Nº 432/21, toma intervención la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare fracasado el proceso de adjudicación simple mencionado;

Que a fs. 198, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 125/21;

>Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 02/21 para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN ESCUELA Nº 4.662 JESÚS DE LA DIVINA MISERICORDIA - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, llevado adelante por la Dirección de Obras de Educación, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 528/21, con un presupuesto oficial de $ 6.725.430,84 (pesos seis millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos treinta con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y con la modalidad de Ajuste Alzado;

ARTÍCULO 2º.- Declarar Fracasada la Adjudicación Simple Nº 02/21, por resultar inadmisible la oferta presentada por la empresa “MB CONSTRUCCIONES de Borda Vargas, Miguel”, conforme a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas a realizar la contratación de manera directa, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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