SALTA, 29 de junio de 2023
RESOLUCIÓN Nº 112
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 386 - 142.563/23 - 0 y agregados.
VISTO el Decreto Nº 160/23 que aprueba el Convenio Marco celebrado entre la Secretaría de Energía de la Nación y Provincia de Salta para el financiamiento y la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE GASODUCTO DE LOS VALLES CALCHAQUÍES - ETAPA 1 - PROVINCIA DE SALTA Y PROVINCIA DE TUCUMÁN”; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 02/131, rola el Anteproyecto remitido por REMSA (Recursos Energéticos y Mineros de Salta S.A.) para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto la elaboración del Proyecto Ejecutivo y la ejecución de la misma y que posibilitará mejorar la calidad de vida de los habitantes de la zona intervenida brindándoles una adecuada fuente de energía, desarrollar el potencial turístico de la región de los Valles Calchaquíes, permitir la radicación de industrias y la introducción de nuevas tecnologías para el procesamiento de productos agropecuarios, permitir el crecimiento de la actividad minera, tanto en exploración como en explotación y mejorar la calidad del medio ambiente disminuyendo los procesos de desertificación y degradación ambiental;
Que la presente contratación comprende la construcción de un gasoducto regional concebido para dotar de infraestructura a la región de los Valles Calchaquíes, abasteciendo de gas natural, en esta etapa, a seis localidades del sur de la Provincia de Salta (El Tala, El Jardín, Tolombón, Cafayate, Animaná y San Carlos) y una localidad de la Provincia de Tucumán (San pedro de Colalao) mediante la instalación de siete Estaciones Reguladoras de presión;
Que le gasoducto proyectado será abastecido a partir de las interconexiones a los gasoductos Troncal Ø24” y Paralelo Ø30” de TGN, en proximidades a la Estación Compresora La Candelaria, previéndose la instalación de una Estación de Separación y Medición (ESyM), según especificaciones de TGN y una Estación Reguladora de Presión (ERMyO) 74/75 bar según especificaciones de GASNOR, siendo el punto de inicio del gasoducto a una presión en cabecera de 45 bar, hasta la localidad de San Carlos;
Que la traza propuesta del Gasoducto atravesará en proximidades a las localidades de El Tala (con derivación a El Jardín), San Pedro de Colalao, Tolombón, Cafayate, Animaná, culminando en San Carlos, abarcando una longuitud aproximada de 180.000 m. con un tramo de derivación a El Jardín, en una longuitud aproximada de 17.000 m., desarrollándose en territorios de las Provincias de Salta y Tucumán, en general en la franja destinada a servicios de Rutas Provinciales, Nacionales y caminos vecinales;
Que en virtud de ello, a fs. 147/167, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 25.949.464.498,00 (pesos veinticinco mil novecientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho con 00/100) IVA incluido;
Que la contratación y ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Licitación Pública (artículo 13 de la Ley Nº 8.072) con la modalidad de ajuste alzado y un plazo de ejecución de 24 (veinticuatro) meses;
Que a fs. 169, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 189/23 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;
Que a fs. 170, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 171/178, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 179/180 vta, mediante Dictamen Nº 385/23, la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Licitación Pública;
Que a fs. 178, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 33/23;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Disponer el llamado a Licitacion Pública con la modalidad de Ajuste Alzado, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE GASODUCTO DE LOS VALLES CALCHAQUÍES - ETAPA 1 - PROVINCIA DE SALTA Y PROVINCIA DE TUCUMÁN”, con un presupuesto oficial de $ 25.949.464.498,00 (pesos veinticinco mil novecientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho con 00/100) IVA incluido y con un plazo de ejecución de 24 (veinticuatro) meses.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas a realizar el llamado de Licitación Pública y todos los actos tendientes a la preadjudicacion de la obra citada en el artículo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.476.999.852,14 al Curso de Acción: 092008061501 - Financiamiento: A.E. - A.H. - Otros (299) - Proyecto: 884 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 4º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.
Camacho