RESOLUCIÓN N° 114/21
APRUEBA PROTOCOLO ADICIONAL, SUSCRIPTO CON LA FUNDACIÓN COPAIPA.

Publicado en el Boletín N° 21062, el día 31 de Agosto de 2021.



SALTA, 24 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 114

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 0110272-109617/2021-0, Nº 0110272-109662/2021-0, Nº 0110011­147403/2021-0

VISTO
el Protocolo Adicional celebrado en fecha 19 de julio de 2021 con la Fundación COPAIPA; y,

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de Salta con el objetivo de ampliar y mejorar la cobertura del servicio de energía eléctrica ha decidido emprender la formulación del Proyectos denominados “Línea de 33 Kv. Tartagal - Tonono - Departamento San Martín - Provincia de Salta” y “Línea de 33 Kv. - Parque Industrial Rosario de la Frontera - El Tala”;

Que estas obras han sido incluidas en la Matriz de Obras Estratégicas priorizadas por el Señor Gobernador de la Provincia ante el Gobierno Nacional;

Que la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera de este ministerio se encuentra realizando los trámites pertinentes para obtener el financiamiento de la obra a través del Programa de Fortalecimiento de la Gestión Provincial -Préstamo BID Nº 3835 OC/AR;

Que en la actualidad los proyectos se encuentran formulados a nivel técnico de anteproyecto por parte de la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Infraestructura, y para cumplir con los lineamientos del organismo financiador, se requiere que el mismo se presente a nivel de Proyecto Ejecutivo;

Que por ello se solicitó al Señor Secretario de Minería y Energía y al Señor Secretario de Obras Públicas desarrollar a Nivel Ejecutivo los mentados proyectos, incluyendo ingeniería de detalle a los fines del proceso licitatorio;

Que ambos organismos manifiestan que no cuentan con recursos financieros, técnicos y de personal para el desarrollo de los proyectos con el nivel solicitado;

Que el Señor Secretario de Obras Públicas acompañó los Términos de Referencia para la contratación de los Proyecto Ejecutivo, y en virtud de la complejidad y celeridad de los trabajos requeridos sugiere la contratación directa del Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Afines (COPAIPA) para la realización de los trabajos, ello en el marco del convenio de colaboración existente;

Que en fecha 22 de mayo de 2017 se suscribió el convenio marco entre la Provincia de Salta y el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines, la Fundación COPAIPA, el Colegio de Arquitectos de Salta, la Fundación CAS, la Universidad Nacional de Salta y la Universidad Católica de Salta, aprobado por decreto Nº 958/17;

Que por medio de la Cláusula 1.3.2 del convenio marco, las partes se comprometen a colaborar y participar en la elaboración de estudios documentos técnicos, anteproyectos y/o proyectos de obra y/o de otra naturaleza;

Que según la cláusula tercera del convenio marco, todas las acciones que se ejecuten en el marco de dicho convenio deberán ser objeto de protocolos adicionales, mediante los cuales se detallaran las características y condiciones de las actividades a desarrollarse;

Que en ese marco en fecha 19 de julio de 2021 las partes suscribieron Protocolo Adicional por medio del cual el Ministerio encomienda a la Fundación COPAIPA, y esta acepta, la entrega de los Proyectos Ejecutivos: I.- “Línea De 33 Kv. Tartagal - Tonono - Departamento San Martín - Provincia de Salta” y “Línea De 33 Kv. - Parque Industrial Rosario De La Frontera - El Tala”;

Que los Proyectos Ejecutivos deben contener el conjunto de documentos técnicos con nivel de ingeniería de detalle suficiente para la licitación de la obra siguiendo los requisitos e instructivos del Programa de Fortalecimiento de la Gestión Provincial - Préstamo BID Nº 3835 OC/AR;

Que las presentes actuaciones cuentan con dictamen legal de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Secretaría de Contrataciones de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos que entiende que corresponde encuadrar la contratación pretendida como un protocolo adicional del convenio de colaboración suscripto entre la Provincia de Salta, el COPAIPA y otras entidades de derecho público aprobado por Decreto Nº 958/17, el cual se encuentra excluido del régimen de contrataciones establecido por la Ley Nº 8.072;

Que se encuentra agregada la imputación preventiva del gasto y la Secretaría de Finanzas ha autorizado la erogación, conforme la normativa vigente;

Que la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 39/16 y Nº 52/16 de los entonces Ministerio de Hacienda y Finanzas y Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda de fecha 15/04/2016, ha emitido su dictamen donde no formula observaciones a la prosecución del trámite;

Por ello con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 y Nº 5.348,

EL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Protocolo Adicional suscripto con la Fundación COPAIPA en fecha 19 de julio de 2021, cuyo original forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a la partida presupuestaria CA 551031000101.123121.1000, Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



Dib Ashur



VER ANEXO



Responsive image Responsive image