RESOLUCIÓN N° 114/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE LAS REDETERMINACIONES DE PRECIOS Nº 9 A 13. OBRA: INTERVENCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PATRIMONIO URBANO EN EL MUNICIPIO DE SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21532, el día 15 de Agosto de 2023.



SALTA, 4 de Agosto de 2023

RESOLUCIÓN Nº 114

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 0110272-278437/2020- 62 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones en las cuales se tramita la aprobación del procedimiento de redeterminación de precios Nº 9 a 13 de la obra: “INTERVENCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PATRIMONIO URBANO EN EL MUNICIPIO DE SAN CARLOS - SALTA”, ejecutada por la empresa ROMERO Y CIA S.R.L. en el marco del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 33/23 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos se aprobó el procedimiento correspondiente a las redeterminaciones de precios Nº 6, 7 y 8 de la obra referida en visto, surgiendo de las mismas que el último monto contractual aprobado asciende a la suma de Pesos ochenta y siete millones ciento ochenta y cinco mil ochocientos treinta y dos con veintiocho centavos ($87.185.832,28), IVA incluido, a valores del mes de julio del año 2022;

Que a fs. 5 y 70 se encuentran las notas de pedido realizadas por la contratista, solicitando las redeterminaciones de precios Nº 9 a 11 y 12 a 13, adjuntando la documentación respectiva;

Que a fs. 4 y 68, el Gerente de Obra emite los Informes de Inspección para Redeterminaciones indicando que las cantidades de obras sujetas a redeterminación fueron revisadas teniendo en cuenta el plan de trabajo vigente, resultando correctas y que responden a la planilla de saldos;

Que a fs. 161/162 rola la intervención del Sub Programa Registro Contratistas de la Unidad Central de Contrataciones, informando que: respecto a la redeterminación de precios Nº 9 ha habido una variación porcentual del 6,96% al mes de agosto/22; respecto a la redeterminación de precios Nº 10 del 9,33% a septiembre/22; respecto a la redeterminación de precios Nº 11 del 7,55% a octubre/22; respecto a la redeterminación de precios Nº 12 del 6,07% a noviembre/22 y finalmente respecto a la redeterminación de precios Nº 13 ha habido una variación porcentual del 7,02% al mes de diciembre/22;

Que a fs. 166/167 mediante Dictamen Nº 307/23 el Jefe de Control de Legalidad de la Unidad Central de Contrataciones considera que se han cumplimentado con las exigencias comprendidas en el Decreto Nº 1170/03 y su modificatorio Decreto Nº 3721/13 por lo que se puede proseguir con el trámite de las mismas;

Que a fs. 171, 179, 187, 195 y 203 se encuentran agregados los comprobantes de la autorización del gasto por el Secretario de Finanzas del Minislerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 215/216 obra el informe de la Directora de Financiamiento de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera en el que concluye que el monto contractual actualizado es de $ 100.261.200,13;

Que a fs. 217/221 obran dictamen legal pertinente y la intervención de la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo resuelto en la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas Nº 93 y del Ministerio de Infraestructura Tierra y Vivienda Nº 52 de fecha 15 de abril de 2016, sin observaciones;

Que el pliego de condiciones especiales de la licitación establece que el contrato será redeterminado de acuerdo al Decreto Nº 1170/03 aplicando la metodología allí indicada;

Que asimismo el Decreto Nº 1170/03, modificado por el Decreto Nº 3721/13, dice que esta metodología podrá ser aplicable a la renegociación de los precios, cuando los costos, cualquiera haya sido la fecha de celebración del contrato, hubiesen adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución, según corresponda, a solicitud de la contratista;

Que la competencia del Ministerio de Economía y Servicios Públicos para el dictado del presente instrumento surge de lo dispuesto por el Decreto Nº 752/2020;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Aprobar el procedimiento correspondiente a las redeterminaciones de precios Nº 9 a 13 de la obra: “INTERVENCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PATRIMONIO URBANO EN EL MUNICIPIO DE SAN CARLOS - SALTA", en el marco del Decreto Nº 1170/03, ejecutada por la empresa ROMERO Y CIA S.R.L..

ARTÍCULO 2º. Establecer el nuevo valor total del contrato en la suma de Pesos cien millones doscientos sesenta y un mil doscientos con trece centavos ($100.261.200,13), IVA incluido, al mes de diciembre del año 2022.

ARTÍCULO 3º. Autorizar a la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir con la firma contratista la adenda correspondiente al contrato de obra.

ARTÍCULO 4º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a las siguientes partidas presupuestarias: Cuarenta por ciento (40%) aporte BID: 041012000702.123121 y Sesenta por ciento (60%) aporte local: 041012000701.123121. Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 5º. Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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