RESOLUCIÓN N° 117/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERÍA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE HICKMAN - EMBARCACIÓN - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20948, el día 17 de Marzo de 2021.



SALTA, 12 de Marzo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 117

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-41.273/21-0 y agregados
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VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERIA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE HICKMAN - EMBARCACIÓN - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN -PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo informado por la Coordinación General de la Secretaría de Obras Públicas a fs. 13 y fs. 100, compartido por el Secretario de Obras Públicas, resulta necesario y conveniente la ejecución de la obra mencionada, la cual cuenta con la No Objeción técnica emitida por parte del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA);

Que la presente contratación tiene por objeto construir una nueva fuente de captación de agua subterránea y obras accesorias, que permitan incrementar la oferta de agua en el sector y optimizar el suministro de agua potable en la localidad de Hickman, perteneciente al Municipio de Embarcación, ya que el único pozo existente ha superado su vida útil y presenta problemas estructurales para la producción afectando el normal servicio a los diversos usuarios;

Que en virtud de ello, a fs. 14/86, la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.239.529,55 (pesos quince millones doscientos treinta y nueve mil quinientos veintinueve con 55/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Embarcación;

Que a fs. 87, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 44/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 101, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 107/110, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/21;

Que a fs. 111/112, rola Dictamen Nº 23/21 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete;

Que a fs. 113, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente;

Que a fs. 115, la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toma conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERIA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE HICKMAN - EMBARCACIÓN - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN -PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.239.529,55 (pesos quince millones doscientos treinta y nueve mil quinientos veintinueve con 55/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Embarcación.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Embarcación, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019003 - Proyecto: 652 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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