RESOLUCIÓN N° 117/21
APRUEBA CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE, CELEBRADO CON LA CPN MIRTHA LILIANA CORONA Y SRA. MARÍA ROSA CUESTA. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS. DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO.

Publicado en el Boletín N° 21062, el día 31 de Agosto de 2021.



SALTA, 25 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 117

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 0110272-65327/2021-0

VISTO
el Contrato de Locación de Inmueble celebrado entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, y la Sra. María Rosa Cuesta, DNI Nº 6.343.403; y,

CONSIDERANDO:

Que en fecha 14/01/21 se celebró contrato de locación entre la Dirección General de Financiamiento y la Sra. María Rosa Cuesta, sobre el inmueble ubicado en calle Alvear Nº 538, con destino al funcionamiento de las oficinas del mencionado organismo, con vigencia desde el 01/03/20 hasta 28/02/21, conforme autorización otorgada por Disposición Nº 01/21 de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera de fecha 12/01/21;

Que atento al vencimiento del plazo de la locación por nota de fecha 22/03/21 la Sra. María Rosa Cuesta ofrece una prórroga del contrato de locación hasta el 31 de diciembre de 2021, y realiza una propuesta de actualización de precio por la suma de $ 120.000 (pesos ciento veinte mil). Acompaña Tasación de la Inmobiliaria Ardico donde se sugiere un valor locativo de $ 125.000 (pesos ciento veinticinco mil);

Que a solicitud de la Dirección General de Financiamiento el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Salta, estima el valor locativo mensual actual del inmueble sito en calle Alvear Nº 538 en la suma de $ 130.000 (pesos ciento treinta mil);

Que a fs. 48 obra imputación preventiva del gasto;

Que ha tomado intervención la Unidad Central de Contrataciones en el control de su competencia, y la Secretaría de Finanzas, dándose cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que en fecha 19/07/21 se procedió a la suscripción del contrato de locación del inmueble ubicado en calle Alvear Nº 538, identificado con catastro Nº 65748, a partir del día 01/03/17 y por el término de diez (10) meses, fijándose el valor locativo mensual en la suma de $ 120.000 (pesos ciento veinte mil);

Que el contrato original suscrito en fecha 14/01/21 prevé en la Cláusula Segunda la posibilidad de renovación del mismo de común acuerdo entre las partes. En este sentido el Decreto Nº 1.319/18, reglamentario de la Ley 8.072, en su art. 96 inc. c) respecto del contrato de locación establece que:
"En las cláusulas particulares o documentación que haga sus veces de la contratación se deberá prever: ...La opción de prorroga a favor del Estado. Cuando se optare por ella, la relación locativa podrá prolongarse por dos años más y la simple continuidad de la ocupación significará el uso de ese derecho";

Que existen múltiples razones que tornan inconveniente y gravoso el desplazamiento del organismo y aconsejan la prórroga de la locación, razones que fueron expuestas en el dictamen legal obrante a fs. 41/43 y a las cuales me remito por razones de brevedad;

Que la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos ejerció el control de su competencia y se ha emitido dictamen legal favorable en el que se señala que se encuentran reunidos los requisitos indispensables para la aprobación del contrato;

Por ello con arreglo a lo dispuesto en la Leyes Nº 8.171 y Nº 5.348,

EL SR. MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Locación de Inmueble celebrado entre la Sra. Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, CPN Mirtha Liliana Corona y la Sra. María Rosa Cuesta, DNI Nº 6.343.403, cuyo original forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a la partida presupuestaria de la Secretaría de Financiamiento CA 551009000100.413200. Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



Dib Ashur



VER ANEXO



Responsive image Responsive image