RESOLUCIÓN N° 11D/21
ACEPTA RENUNCIA. DRA. RAQUEL JESUS MARTINEZ DAHER. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 20911, el día 22 de Enero de 2021.



SALTA, 19 de Enero de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 11 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 238503/20-código 192

VISTO
, la renuncia presentada por la doctora Raquel Jesus Martinez Daher, DNI Nº 13.894.201, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital "Dr. Rafael Villagrán” de Chicoana - Ministerio de Salud Pública, a partir del 09 de septiembre de 2020, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01294, de fecha 21 de julio de 2020, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 02 y 06);

Que la agente incumplió con a la presentación del examen psico-físico de egreso, por su expresa negativa (fs. 03);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 09 de septiembre de 2020 la renuncia de la doctora RAQUEL JESUS MARTINEZ DAHER, DNI Nº 13.894.201, al Cargo: Bioquímica, Agrupamiento: Profesional, Subgrupo: 1, Nº de Orden 32, del Decreto Nº 1.034/96, con desempeño como Jefa de Sector de Laboratorio - Función Nº 06, dependiente del Hospital "Dr. Rafael Villagrán” de Chicoana - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la doctora MARTINEZ, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.-  Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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