RESOLUCIÓN N° 122/22
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 12/2021 OBRA: AGUA PARA BEBIDA DE GANADO - ZONAR NORTE 2. PROYECTO DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE EN LOS EX LOTES FISCALES 55 Y 14, PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21283, el día 01 de Agosto de 2022.



SALTA, 26 de Julio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 122

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACION FINANCIERA

Expte. Nº 339-229923/2021-0 Y AGREGADOS

VISTO
la Licitación Pública Nacional Nº 12/2021 de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera para la contratación de la obra denominada “Infraestructura para Lotes 55 y 14 -Agua para Bebida de Ganado- Zona Norte 2, Provincia de Salta", llevada a cabo en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV), Contrato de Préstamo BID Nº 3806/OC-AR, y;

CONSIDERANDO:

Que el presente procedimiento se lleva a cabo en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV) financiado parcialmente con recursos provenientes del Contrato de Préstamo BID Nº 3806/OC-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y tiene como objeto la selección y contratación de una empresa para llevar adelante la construcción de infraestructura para Lotes 55 y 14, consistente en la construcción de una red presurizada de tuberías para abastecimiento de agua para consumo animal de las familias de productores criollos en proceso de relocalización cuya fuente de abastecimiento proviene de un pozo de 170 m. de profundidad con un caudal de explotación de 8.8 m3/hora. La distribución del agua hasta los bebederos será por medio de tuberías enterradas de PEAD, iniciando la red en la salida de un reservorio principal, cuya función será separar las curvas de oferta y demanda. El reservorio contará con una bomba y un tanque hidroneumático para sostener la presión en el sistema y proveerá de agua a 18 familias para cubrir la demanda de bebida durante un día. El proyecto contempla la ejecución de una LAMT de abastecimiento, a la instalación, la cual tendrá una longitud de 6.0 km;

Que el PROSAP implementa, a nivel provincial y nacional, proyectos de inversión pública social y ambientalmente sustentables, incrementando la cobertura y la calidad de la infraestructura rural y de los servicios agroalimentarios;

Que el Programa tiene como objetivo general desarrollar las economías regionales y contribuir a mejorar la competitividad del sector agroindustrial, con especial atención a los pequeños y medianos productores y emprendedores, mediante inversiones estratégicas en el sector que posibiliten el aumento de la productividad, la mejora de la calidad y el acceso a nuevos mercados, con un enfoque de fortalecimiento de la resiliencia al cambio climático;

Que por medio del Decreto Nº 1109/2021 del Sr. Gobernador de la Provincia se aprobó el Convenio Específico para la ejecución del Proyecto "Desarrollo Productivo Sustentable en ex Lotes Fiscales 55 y 14, Norte 2 - Etapa 1", celebrado ertre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Salta;

Que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio específico el Proyecto será ejecutado por la Provincia a través de una estructura ad-hoc donde la Unidad de Adquisiciones, Administrativa y Financiera (UAAF) estará a cargo ce la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que por Nota Nº 54662425 de fecha 17/06/2021 de la Dirección de Gestión y Monitoreo de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales del Ministerio ds Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación remite al BID para su evaluación y posterior no objeción el proyecto de Desarrollo Productivo Sustentable en ex lotes Fiscales 55 y 4 Zona Norte 2-Etapa I- Provincia de Salta a ser incorporado dentro del Componente 1.1 - Fortalecimiento de Infraestructura Publica- del Préstamo BID 3806-OC/AR;

Que por Nota CSC/CAR Nº 2381/2021 de fecha 21/07/2021 el BID otorga la no objeción solicitando la incorporación a la cartera del préstamo de la referencia el proyecto de Desarrollo Productivo Sustentable en ex lotes Fiscales 55 y 14 de Provincia de Salta, lo que es comunicado a la Provincia por medio de Nota Nº 6653309 de fecha 23/07/2021;

Que por Nota de fecha 01/09/2021 se elevó a Nación el pliego de la licitación y solicita la no objeción al mismo;

Que por Nota Nº 97167794 de fecha 12/10/2021 la Dirección de Gestión y Monitoreo de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación manifiesta que luego de analizar los documentos enviados no tiene objeciones a su uso;

Que el Art. 3, inc. c) de la Ley Nº 8.072 -Sistema de Contrataciones de la Provincia-, que prevé que quedan excluidos de la aplicación de sus disposiciones los contratos y negocios jurídicos que se celebren con Estados Extranjeros, con entidades de derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito, los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos..”;

Que el Contrato de Préstamo establece que la Adquisición de Bienes y Obras se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones establecidas en el Documento GN-2349-9 “Políticas para la adquisición de bienes y obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”;

Que dentro de ese marco jurídico se llevó a cabo el proceso selectivo, con un presupuesto oficial de $ 100.083.971,85 (Pesos cien millones ochenta y tres mil novecientos setenta y uno con ochenta y cinco centavos), IVA incluido, valores al mes de febrero de 2021;

Que se efectuaron las publicaciones del llamado en un diario de circulación provincial, en la página web de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos y en la página web del Portal de Compras Públicas de la República Argentina;

Que en fecha 20/01/2022, en presencia de funcionarios de la Escribanía de Gobierno y de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, se llevó a cabo el acta de apertura de las ofertas, constatándose la presentación de dos ofertas, correspondientes a las siguientes firmas: 1) ÑANN SRL; y 2) Juan Pedro Garín;

Que la Comisión Evaluadora, creada por Disposición Nº 02/22 de la Dirección General de Financiamiento, procedió al análisis de las ofertas presentadas;

Que en fecha 08/03/22 se emitió Informe sobre la Evaluación de las Ofertas y Recomendación para la Adjudicación del Contrato, y observa que el oferente ÑANN SRL no cumple los requisitos de facturación promedio de construcción anual y de experiencia específica, exigidos en la Cláusula 2.3 y 2.4 de las IAL- del pliego. De acuerdo a lo establecido en la cláusula 13.3 de las IAL del Pliego de Bases y Condiciones procedió a evaluar si la siguiente Oferta evaluada como la de precio más bajo está calificada para ejecutar el Contrato satisfactoriamente, perteneciente a la firma Juan Pedro Garín Construcciones;

Que la Comisión emite su Informe en el cual recomienda rechazar la oferta más baja presentada por la firma ÑANN SRL, porque no se ajusta sustancialmente a los términos, condiciones y especificaciones del Documento de Licitación, no cumpliendo con la totalidad de los criterios de calificación descritos de acuerdo a lo detallado en la presente, y adjudicar el contrato a la firma Juan Pedro Garín Construcciones, unipersonal de Juan Pedro Garín, CUIT 20-13745192-2, cuya oferta se encuentra calificada para ejecutar el contrato satisfactoriamente, por el sistema de ajuste alzado, por la suma total de $ 149.801.667,24 (Pesos ciento cuarenta y nueve millones ochocientos un mil seiscientos sesenta y siete con veinte cuatro centavos), IVA incluido, valores al mes de diciembre de 2021;

Que en fecha 11/05/2022 se otorgó la no objeción al Informe sobre la evaluación de las ofertas y recomendación para la adjudicación del contrato;

Que el artículo 14.1 de la Sección I. Instrucciones a los Licitantes del Pliego de Bases y Condiciones establece que el contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste a los términos, condiciones y especificaciones del Documento de Licitación, sin desviaciones, reservas u omisiones significativas, cumpla satisfactoriamente con los criterios de calificación descritos y hubiere ofertado el precio más bajo;

Que la Licitación Pública Nº 12/2021 para la ejecución de la obra: “Infraestructura para Lotes 55 y 14. Agua para bebida de ganado. Zona Norte 2“, se efectuó cumpliendo con los lineamientos establecidos por la normativa del BID y la normativa provincial aplicable y principios generales de publicidad, igualdad de oferentes, flexibilidad y transparencia en los procesos y procedimientos;

Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/2012 prorrogada por Resolución Nº 102D/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, obra en las presentes actuaciones la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de la Provincia e imputación definitiva del gasto, el que será financiado en un 100% con fondos no reintegrables del Programa;

Que la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo dispuesto en la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas Nº 93/2016 y del Ministerio de Infraestructura Tierra y Vivienda Nº 52/2016, ha tomado la intervención de su competencia;

Que se ha emitido dictamen legal que aconseja el dictado del acto administrativo pertinente de acuerdo a lo dispuesto en la normativa aplicable;

Por ello, en función a las competencias otorgadas por el Decreto Nº 752/20 y el art. 7 del Decreto Nº 1319/18;

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- APROBAR el procedimiento de la Licitación Publica Nacional Nº 12/2021 de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera para la contratación de la obra denominada “Agua para Bebida de Ganado- Zona Norte 2. Proyecto Desarrollo Productivo Sustentable en los Ex lotes Fiscales 55 y 14, Provincia de Salta", en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV), Contrato de Préstamo BID Nº 3806/OC-AR, con un presupuesto oficial de Pesos cien millones ochenta y tres mil novecientos setenta y uno con ochenta y cinco centavos ($ 100.083.971,85), IVA incluido, valores al mes de febrero de 2021.

ARTICULO 2º.- RECHAZAR la oferta presentada por la firma ÑANN SRL, CUIT Nº 30- 71466225-9, con domicilio legal en calle Mendoza Nº 230 de la Ciudad de Salta, por no cumplir con los requerimientos previstos en el Pliego de la Licitación Pública Nacional Nº 12/2021.

ARTÍCULO 3º.- ADJUDICAR a la firma Juan Pedro Garín Construcciones, unipersonal de Juan Pedro Garín, CUIT Nº 20-13745192-2, con domicilio legal en Avda. Reyes Católicos Nº 1677, Local 7 de la Ciudad de Salta, la ejecución de la obra citada en el artículo primero, en la suma de Pesos ciento cuarenta y nueve millones ochocientos un mil seiscientos sesenta y siete con veinticuatro centavos ($ 149.801.667,24), IVA incluido, valores al mes de diciembre de 2021, por el Sistema de Ajuste Alzado, en un plazo de ejecución de ocho meses corridos, por resultar su oferta la más convenientes a los intereses del Estado y por cumplir con los requerimientos técnicos y financieros previstos en el Pliego de la Licitación Pública Nacional Nº 12/2021.

ARTÍCULO 4º.- AUTORIZAR a la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir el contrato de obra correspondiente con la adjudicataria.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en las siguientes partidas presupuestarias: Curso de acción: 061054001001 Cuenta: 123121. Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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