RESOLUCIÓN N° 125/24
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 2 Y 3. OBRA: READECUACIONES VARIAS EN SEDE UPATECO - PREDIO PEREYRA ROZAS - DPTO.CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21657, el día 23 de Febrero de 2024.



SALTA, 2 de febrero de 2024

RESOLUCIÓN Nº 125

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 272 - 113.598/22 Cpde. 16 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “READECUACIONES VARIAS EN SEDE UPATECO - PREDIO PEREYRA ROZAS - DPTO.CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 970/22 (fs. 68) a la firma "ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 43.260.886,72 (pesos cuarenta y tres millones doscientos sesenta mil ochocientos ochenta y seis con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 (fs. 35/36);

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 661/23 (fs. 69), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 45.745.233,07 (pesos cuarenta y cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y tres con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 (fs. 37);

Que a fs. 40/41, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 34, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto N° 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 43/44, mediante Actuación Nº 386/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 45/46 el Dictamen Nº 591/23 y a fs. 47 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 6,62% y 5,87% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Enero y Febrero del 2.023 respetivamente;

Que a fs. 48/49, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 49.627.869,42 (pesos cuarenta y nueve millones seiscientos veintisiete mil ochocientos sesenta y nueve con 42/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 45.745.233,07 (pesos cuarenta y cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y tres con 07/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.422.509,53 (pesos dos millones cuatrocientos veintidós mil quinientos nueve con 53/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.460.126,82 (pesos un millón cuatrocientos sesenta mil ciento veintiséis con 82/100);

Que a fs. 53/54, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 61, rola la intervención de la Dirección de Financiamiento del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 63/64, mediante Dictamen Nº 46/24, la Asesoría Legal y Técnica de la toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 65, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 05/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “READECUACIONES VARIAS EN SEDE UPATECO - PREDIO PEREYRA ROZAS - DPTO.CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 970/22, a la contratista “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 661/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 49.627.869,42 (pesos cuarenta y nueve millones seiscientos veintisiete mil ochocientos sesenta y nueve con 42/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 45.745.233,07 (pesos cuarenta y cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y tres con 07/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.422.509,53 (pesos dos millones cuatrocientos veintidós mil quinientos nueve con 53/100) y de la actualización N° 3 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.460.126,82 (pesos un millón cuatrocientos sesenta mil ciento veintiséis con 82/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista "ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 551009000801 - Cta. Obj.: 123121 - Aux.: 1000 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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