RESOLUCIÓN N° 130/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2 Y 3. OBRAS EN SECTORES VARIOS - HOSPITAL JUAN DOMINGO PERÓN - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21137, el día 23 de Diciembre de 2021.



SALTA, 20 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 130

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 321 - 97.990/17 - 23 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “OBRAS EN SECTORES VARIOS - HOSPITAL JUAN DOMINGO PERÓN - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 04/21 del Ministerio de Infraestructura a la Empresa GARIN JUAN PEDRO CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $139.899.846,62 (pesos ciento treinta y nueve millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos cuarenta y seis con 62/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020 (fs. 06/08);

Que por Resolución Nº 73/21 del Ministerio de Infraestructura (fs. 09/11), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 152.868.611,31 (pesos ciento cincuenta y dos millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos once 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021 (fs. 12/13);

Que a fs. 284/466, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 04, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 468 y vta., mediante Actuación Nº 418/21 rola la intervención de Registro de Contratista de Obras Públicas, a fs. 469/470 el Dictamen Nº 273 y a fs. 471 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 9,38 % y 7,61 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Abril y Julio del 2.021 respectivamente;

Que a fs. 472/473, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $172.699.852,21 (pesos ciento setenta y dos millones seiscientos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y dos con 21/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021 por la suma de $ 152.868.611,31 (pesos ciento cincuenta y dos millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos once con 31/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 11.383.488,35 (pesos once millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho con 35/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 8.447.752,55 (pesos ocho millones cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos cincuenta y dos con 55/100);

Que a fs. 476/477 vta., mediante Dictamen Nº 258/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que a fs. 479/480, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 483487, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Público toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 488, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante informe Nº 122/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “OBRAS EN SECTORES VARIOS - HOSPITAL JUAN DOMINGO PERÓN - TARTAGAL - DPTO.. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 04/21 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista GARIN JUAN PEDRO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución Nº 73/21 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $172.699.852,21 (pesos ciento setenta y dos millones seiscientos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y dos con 21/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.021 por la suma de $ 152.868.611,31 (pesos ciento cincuenta y dos millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos once 31/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 11.383.488,35 (pesos once millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho con 35/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 8.447.752,55 (pesos ocho millones cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos cincuenta y dos con 55/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista GARIN JUAN PEDRO CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la Redeterminación de Precios Nº 2 la suma de $ 4.000.000,00 y la Redeterminación de Precios Nº 3 la suma de $ 2.5000.000,00 al Curso de Acción: 0810107032301 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 360 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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