RESOLUCIÓN N° 133/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ABREVIADA, RESOLUCIÓN S.O.P. Nº 91/23. OBRA: RECAMBIO DE REDES CLOACALES DOMICILIARIAS Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS DE HIPÓLITO YRIGOYEN - DPTO. ORÁN.

Publicado en el Boletín N° 21531, el día 14 de Agosto de 2023.



SALTA, 03 de agosto de 2023

RESOLUCIÓN Nº 133

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 182.969/22 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución Nº 91/23 del Ministerio de Infraestructura; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara desierto el procedimiento de Licitación Pública Nº 06/23 para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE REDES CLOACALES DOMICILIARIAS Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS DE HIPÓLITO IRIGOYEN - DPTO. ORAN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 163.374.204,70 (pesos ciento sesenta y tres millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos cuatro con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el articulo 15 inc. b), ultimo párrafo de la Ley N° 8.072 y del artículo 18 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 310/344, mediante Resolución Nº 18/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el llamado para la contratación abreviada de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 350, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Contratación Abreviada en el Boletín Oficial y a fs. 351 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que en ese marco a fs. 352, se efectuaron las invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres Nº 02/23, de fecha 27 de Junio de 2.023 (fs. 373/374), presentaron sus ofertas las empresas: “TODOCONSTRUCCION S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 574/576, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 18/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo y 7º, incs. c), d) y g) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en obras de saneamiento suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables y su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajo y metodología coherentes y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a las empresas “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, en la suma de $ 313.673.061,07 (pesos trescientos trece millones seiscientos setenta y tres mil sesenta y uno con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023, que representa un 26 % superior al presupuesto oficial actualizado a valores de mayo de 2.023, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 577/580, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que sin prejuicio de lo expresado a fs.612/613, el Secretario de Obras Públicas solicita una mejora de su oferta a la empresa preadjudicada, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, quinto y sexto párrafos de la Ley Nº 8.072.

Que a fs. 616/654 la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.” presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputos y presupuesto, análisis de precios y soporte magnético correspondiente;

Que a fs. 655, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. manifiesta que la oferente mejora su oferta, que alcanza la misma la suma de $311.200.820,19 (pesos trescientos once millones doscientos mil ochocientos veinte con 19/100) superior al presupuesto actualizado a valores de junio de 2.023 en un 18,06%;

Que a fs. 657/658, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 659/660, mediante Dictamen Nº 264/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 661, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 59/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. b) de la Ley Nº 8072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 18 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación abreviada, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 91/23, para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE REDES CLOACALES DOMICILIARIAS Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS DE HIPÓLITO IRIGOYEN - DPTO. ORAN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 163.374.204,70 (pesos ciento sesenta y tres millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos cuatro con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. b) de la Ley Nº 8072, adjudicar a la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, CUIT Nº 30-1216735-8, la ejecución de la obra “RECAMBIO DE REDES DE AGUA EN CLOACALES DOMICILIARIAS Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS DE HIPÓLITO IRIGOYEN - DPTO. ORAN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 311.200.820,19 (pesos trescientos once millones doscientos mil ochocientos veinte con 19/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 8070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará las sumas de $ 53.374.205,00 y $ 117.913.674,77 al Curso de Acción: 092038013002/092038013001 - Financiamiento: Ley 27429 (295) y Libre Disp. (100) - Proyecto: 855/892 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.023.

ARTICULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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