RESOLUCIÓN N° 133/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES COMPLEMENTARIAS Y EQUIPAMIENTO ELECTROMECÁNICO PARA HABILITACIÓN DE POZO LEANDRO N. ALEM DE LA LOCALIDAD DE SALTA - DPTO. CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21411, el día 13 de Febrero de 2023.



SALTA, 06 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 133

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 137.818/21- Cpde. 12 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES COMPLEMENTARIAS Y EQUIPAMIENTO ELECTROMECÁNICO PARA HABILITACIÓN DE POZO LEANDRO N. ALEM DE LA LOCALIDAD DE SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 311/22 (fs. 64/65) a la empresa GENESIS S.A.S., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 7.895.210,89 (pesos siete millones ochocientos noventa y cinco mil doscientos diez con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 (fs. 19/21);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 44/46, mediante Actuación Nº 202/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 47/48 el Dictamen Nº 378/22 y a fs. 49 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 14,34 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022;

Que a fs. 51, la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 8.800.756,74 (pesos ocho millones ochocientos mil setecientos cincuenta y seis con 74/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 7.895.210,89 (pesos siete millones ochociento noventa y cinco mil doscientos diez con 89/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 905.545,85 (pesos novecientos cinco mil quinientos cuarenta y cinco con 85/100);

Que a fs. 55, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 58/60, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 61/62, mediante Dictamen Nº 64/23, la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 63, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 18/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES COMPLEMENTARIAS Y EQUIPAMIENTO ELECTROMECÁNICO PARA HABILITACIÓN DE POZO LEANDRO N. ALEM DE LA LOCALIDAD DE SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 311/22, a la contratista GENESIS S.A.S.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 311/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 8.800.756,74 (pesos ocho millones ochocientos mil setecientos cincuenta y seis con 74/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 7.895.210,89 (pesos siete millones ochocientos noventa y cinco mil doscientos diez con 89/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 905.545,85 (pesos novecientos cinco mil quinientos cuarenta y cinco con 85/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista GENESIS S.A.S., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038001401 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 899 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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