RESOLUCIÓN N° 134/23
DECLARA FRACASADO ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 100/22. OBRA: CONEXIÓN DE DESAGÜES EN CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL -SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21411, el día 13 de Febrero de 2023.



SALTA, 06 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 134

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 369 - 170.043/22 - 0y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 100/22, para la contratación de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES EN CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 61/62, mediante Resolución S.O.P. Nº 952/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 562.520,15 (pesos quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Salud a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 68/69 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 66/67 en el Boletín Oficial, a fs. 63 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 04 de Enero de 2.023 (fs. 74/75), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “VIVEROS, DIEGO DAVID FRANCO” y “SOMECO S.A.S. de Zalazar Ruiz, Daniel Fernando”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 118/121, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P Nº 952/22, la cual recomienda declarar inadmisible a la oferta presentada por la empresa: “SOMECO S.A.S” de Zalazar Ruiz, Daniel Fernando, por incumplimiento a lo dispuesto por el art. 7º, incs, k), l), ñ), y o) del P.C.P., y declarar inconveniente a la de la empresa “VIVEROS, DIEGO DAVID FRANCO”, toda vez que del análisis de la oferta global se observa que resulta elevada con respecto al Presupuesto Oficial actualizado, superior en un 125,70%. Asimismo, en el estudio de los precios unitarios se observa que el precio de mano de obra prevista resulta inferior a los que marcan las normas y convenios vigentes al momento de la Apertura de sobre, por la cual recomienda declarar fracasada la presente contratación;

Que a fs. 122/125, rola la constancia de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentara impugnaciones al mismo;

Que a fs. 128/129, mediante Dictamen Nº 87/23, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para declarar fracasada la adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 130, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 30/23;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 100/22, llevado adelante por la Dirección de Obras de Salud, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 952/22, para la ejecución de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES EN CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 562.520,15 (pesos quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar inadmisible a la oferta presentada por la empresa: “SOMECO S.A.S. de Zalazar Ruiz, Daniel Fernando” e inconveniente a la oferta presentada por la empresa: ““VIVEROS, DIEGO DAVID FRANCO”, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 3º.- Declarar fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 100/22, conforme a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Salud a realizar los trámites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





Responsive image Responsive image