RESOLUCIÓN N° 135/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº CALLE SUBTENIENTE BERDINA - ETAPA II - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21183, el día 03 de Marzo de 2022.



SALTA, 22 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN Nº 135

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 182.401/21 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº CALLE SUBTENIENTE BERDINA - ETAPA II - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Tartagal, eleva el proyecto técnico y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá mejorar el acceso peatonal, vehicular y el problema de escurrimiento del agua de lluvia;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 3.744,47 m2 de pavimento de Hº Sº de 18 cm de espesor de cuneta integrada y cordón de 15 cm de espesor en calle Subteniente Berdina;

Que en virtud de ello, a fs. 15/25 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 18.824.952,64 (pesos dieciocho millones ochocientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y dos con 64/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Tartagal;

Que a fs. 26, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 511/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 31, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 36/39, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 40/42, rola Dictamen Nº 75/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 43, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 06/22;

Que a fs. 45, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras de Municipio, para la obra “CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº CALLE SUBTENIENTE BERDINA - ETAPA II - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 18.824.952,64 (pesos dieciocho millones ochocientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y dos con 64/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Tartagal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Tartagal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007177401 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 811 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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