RESOLUCIÓN N° 137/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: AMPLIACIÓN 2ª ETAPA HOSPITAL MELCHORA F. DE CORNEJO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21362, el día 29 de Noviembre de 2022.



SALTA, 15 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 137

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 246.450/21- 16 Cpde. y agregados

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “AMPLIACIÓN 2a ETAPA HOSPITAL MELCHORA F. DE CORNEJO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 50/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 72/73) a la U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CE Y BA S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 248.262.287,27 (pesos doscientos cuarenta y ocho millones doscientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 (fs. 03/04);

Que a fs. 55, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 57, mediante Actuación Nº 142/22, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 58/59 el Dictamen Nº 307/22 y a fs. 60 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 14,58 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022;

Que a fs. 93, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 284.706.622,35 (pesos doscientos ochenta y cuatro millones setecientos seis mil seiscientos veintidós con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 248.262.287,27 (pesos doscientos cuarenta y ocho millones doscientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete con 27/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 36.444.335,08 (pesos treinta y seis millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y cinco con 08/100);

Que a fs. 63, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 66/68, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 69/70, mediante Dictamen Nº 377/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 71, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 58/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “AMPLIACIÓN 2a ETAPA HOSPITAL MELCHORA F. DE CORNEJO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 50/22 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CE Y BA S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución Nº 50/22 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 284.706.622,35 (pesos doscientos ochenta y cuatro millones setecientos seis mil seiscientos veintidós con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 248.262.287,27 (pesos doscientos cuarenta y ocho millones doscientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete con 27/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 36.444.335,08 (pesos treinta y seis millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y cinco con 08/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CE Y BA S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 10.000.000,00 al Curso de Acción: 081017034701 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 511 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.023, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/1.957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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