RESOLUCIÓN N° 138/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 3. OBRA: REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE HOSPITAL DR. OSCAR H. COSTAS - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21362, el día 29 de Noviembre de 2022.



SALTA, 15 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 138

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 321 - 38.411/2.020 - 66 Cpde. y agregados

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la Obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE HOSPITAL DR. OSCAR H. COSTAS - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 19/21 del Ministerio de Infraestructura (fs. 130/132) a la empresa NORTE ÁRIDOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 84.925.149,63 (pesos ochenta y cuatro millones novecientos veinticinco mil ciento cuarenta y nueve con 63/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020 (fs. 04/06);

Que asimismo, mediante Resolución Nº 03/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 106/108), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 104.380.537,14 (pesos ciento cuatro millones trescientos ochenta mil quinientos treinta y siete con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 (fs. 08);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2° inciso e) del Decreto N° 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 117, mediante Actuación Nº 075/22, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 118/119 el Dictamen Nº 219/22 y a fs. 120 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 22,21 % del valor del último contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que a fs. 121, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $110.981.774,69 (pesos ciento diez millones novecientos ochenta y un mil setecientos setenta y cuatro con 69/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 104.380.537,14 (pesos ciento cuatro millones trescientos ochenta mil quinientos treinta y siete con 14/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 6.601.237,55 (pesos seis millones seiscientos un mil doscientos treinta y siete con 55/100);

Que a fs. 123/124, mediante Dictamen Nº 767/22, la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 125, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 128130, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 131, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 52/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la Obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE HOSPITAL DR. OSCAR H. COSTAS - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 19/21 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista NORTE ÁRIDOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, mencionado en el artículo 1º de la presente resolución, redeterminado últimamente mediante Resolución Nº 03/22 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 110.981.774,69 (pesos ciento diez millones novecientos ochenta y un mil setecientos setenta y cuatro con 69/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 104.380.537,14 (pesos ciento cuatro millones trescientos ochenta mil quinientos treinta y siete con 14/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 6.601.237,55 (pesos seis millones seiscientos un mil doscientos treinta y siete con 55/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista NORTE ÁRIDOS S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017029901 - Financiamiento: Ley 27129 (295) - Proyecto: 480 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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