SALTA, 19 de Enero de 2022
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 17 D
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 33-268.988/2020-0
VISTO las actuaciones de referencia a través de las cuales Sr. Marcelo Eduardo Gutiérrez Chauque, D.N.I. Nº 16.888.391, agente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, presenta su renuncia por haberse acogido al Beneficio de Retiro por Invalidez; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 02/04 se agrega el acto resolutivo emitido por el ANSES, en virtud del cual se acredita el derecho al Retiro Transitorio por Invalidez del mencionado agente;
Que la División Recursos Humanos de la Dirección de Vialidad de Salta informa la situación de revista del Sr. Gutiérrez Chauque, quien se desempeñaba como operador de balanza - Clase XIII - División Control de Cagas - Región Oeste - Departamento Mantenimiento Vial - Personal de Planta Permanente;
Que el Sr. Marcelo Eduardo Gutiérrez Chauque no registra sumario administrativo iniciado en su contra, no posee bienes patrimoniales a su cargo y ha manifestado su negativa a realizarse el examen psicofísico de egreso, por lo que la Dirección de Vialidad de Salta emitió la Resolución Nº 1062/2020 (fs. 10), sujeta a su ratificación por el Poder Ejecutivo, a través de la cual se acepta la renuncia del agente, notificándose la misma en fecha 11/12/2020;
Que a fs. 31/31 vta., mediante Dictamen Nº 648/21, la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, aconsejando dictar el acto administrativo aceptando la renuncia presentada a partir del 11 de Diciembre de 2020, fecha de notificación del Res. Nº 1062/2020 de la Dirección de Vialidad de Salta;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia del Sr. MARCELO EDUARDO GUTIÉRREZ CHAUQUE, D.N.I. Nº 16.888.391, agente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, a partir del 11 de Diciembre de 2020, conforme a los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho