RESOLUCIÓN N° 141/22
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1 Y 2. OBRA: OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA LA DÁRSENA - LOCALIDAD DE CERRILLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21371, el día 14 de Diciembre de 2022.



SALTA, 24 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 141

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 151.618/21 - 23 Cpde. y agregados

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: “OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA LA DÁRSENA - LOCALIDAD DE CERRILLOS - CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 47/22 del Ministerio de Infraestructura (fs. 215/216) a la empresa DAL BORGO CONSTRUCCIONES S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 208.839.033,02 (pesos doscientos ocho millones ochocientos treinta y nueve mil treinta y tres con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 (fs. 06/08);

Que a fs. 01 y 191, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas, considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 04 y 100, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 196, mediante Actuación Nº 170/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 197/198 el Dictamen Nº 335/22 y a fs. 199 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 9,27 % y 6,53 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Mayo de 2.022 y Junio de 2.022 respectivamente;

Que a fs. 93, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 236.249.843,17 (pesos doscientos treinta y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y tres con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 208.839.033,02 (pesos  doscientos ocho millones ochocientos treinta y nueve mil treinta y tres con 02/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 15.492.651,05 (pesos quince millones cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y uno con 05/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 11.918.159,10 (pesos once millones novecientos dieciocho mil ciento cincuenta y nueve con 10/100);

Que a fs. 204/205, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 208/211, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicio Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 212/213, mediante Dictamen Nº 415/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que a fs. 214, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 87/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: “OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA LA DÁRSENA - LOCALIDAD DE CERRILLOS - CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 47/22 del Ministerio de Infraestructura a la contratista DAL BORGO CONSTRUCCIONES S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución Nº 47/22 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 236.249.843,17 (pesos doscientos treinta y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y tres con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 208.839.033,02 (pesos doscientos ocho millones ochocientos treinta y nueve mil treinta y tres con 02/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 15.492.651,05 (pesos quince millones cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y uno con 05/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Junio de por la suma de $ 11.918.159,10 (pesos once millones novecientos dieciocho mil ciento cincuenta y nueve con 10/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista DAL BORGO CONSTRUCCIONES S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará por la Redeterminación Nº 1, la suma de $ 9.295.590,63 y por la Redetermianción Nº 2, la suma de $ 7.150.895,46 al Curso de Acción: 092038004001 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 908 - Unidad Geográfica: 35 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.023, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/1.957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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