RESOLUCIÓN N° 142/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERÍA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE EL TALA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21187, el día 09 de Marzo de 2022.



SALTA, 2 de Marzo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 142

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 12.436/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERÍA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE EL TALA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/119, rola el proyecto ejecutivo elaborado por la empresa Aguas del Norte - CoSaySa S.A., para la ejecución de la obra mencionada, la cual será afrontada con fondos provenientes del Convenio Programa de Asistencia Financiera a las Provincias, celebrado entre el Estado Nacional, el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y la Provincia de Salta, el cual fuera aprobado por Decreto Nº 1086/2021;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una nueva fuente de producción, sus obras complementarias y la cañería de nexo que permitan su puesta en servicio en la localidad de El Tala, conforme a la Memoria Descriptiva de fs. 05/07 y de la documentación y especificaciones técnicas de fs. 09/119;

Que en virtud de ello, a fs. 121/138 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 14.390.913,46 (pesos catorce millones trescientos noventa mil novecientos trece con 46/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 128;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Tala;

Que a fs. 139, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 35/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 143, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 150, rola la intervención de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 151/152, rola Dictamen Nº 108/22 emitido por la Asesoría Legal de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 153, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 55/22;

Que a fs. 155, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE POZO PROFUNDO, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y CAÑERÍA DE NEXO EN LA LOCALIDAD DE EL TALA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 14.390.913,46 (pesos catorce millones trescientos noventa mil novecientos trece con 46/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Tala.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de El Tala, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038003901 - Proyecto: 907 - Unidad Geográfica: 84 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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