RESOLUCIÓN N° 143/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE H° S° CALLE SUBTENIENTE BERDINA - ETAPA I - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20957, el día 31 de Marzo de 2021.



SALTA, 29 de Marzo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 143

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-39.608/21 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº CALLE SUBTENIENTE BERDINA-ETAPA I - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/06, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Tartagal, eleva proyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 1.647 m2 de pavimento de Hº Sº de 18 cm de espesor con cordón integrado en la calle Subteniente Berdina, a fin de mejorar el acceso vehicular, peatonal y permitir solucionar parcialmente el problema del escurrimiento del agua en época de lluvia, mejorando así la calidad de vida de un sector importante de la localidad;

Que en virtud de ello, a fs. 07/18 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 13.923.470,31 (pesos trece millones novecientos veintitrés mil cuatrocientos setenta con 31/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Tartagal;

Que a fs. 19, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 37/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 22, obra la intervención del Coordinador General de la SOP, contando con el Visto Bueno del Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 23, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 29/32, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº D 14/2020;

Que a fs. 33/34, rola Dictamen Nº 33/2020, emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete;

Que a fs. 35, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 76/21;

Que a fs. 37, la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toma conocimiento en cumplimiento del Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN PAVIMENTO DE Hº Sº CALLE SUBTENIENTE BERDINA - ETAPA I - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 13.923.470,31 (pesos trece millones novecientos veintitrés mil cuatrocientos setenta con 31/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Tartagal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Tartagal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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