RESOLUCIÓN N° 145/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFUERZOS ESTRUCTURALES EN ESCUELA N° 4.281 - MANUEL J. CASTILA (2° ETAPA) - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21413, el día 15 de Febrero de 2023.



SALTA, 07 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 145

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158 - 261.538/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFUERZOS ESTRUCTURALES EN ESCUELA Nº 4.281 - MANUEL J. CASTILA (2º ETAPA) - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/11, las autoridades de la Escuela Nº 4281 “Manuel J. Castilla” y del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología solicitan la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones edilicias del establecimiento para su correcto funcionamiento;

Que la presente contratación tiene por objeto la consolidación de muros afectados por sismos, la cual se ejecutará con mortero cementicio proyectado armado, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 64/65;

Que en virtud de ello, a fs. 57/69, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 7.847.237,44 (pesos siete millones ochocientos cuarenta y siete mil doscientos treinta y siete con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 66;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Carril;

Que a fs. 70, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 01/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 74, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 79/82, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 83/84, rola Dictamen Nº 84/23 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaria de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 85, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 07/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REFUERZOS ESTRUCTURALES EN ESCUELA Nº 4.281 - MANUEL J. CASTILA (2º ETAPA) - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 7.847.237,44 (pesos siete millones ochocientos cuarenta y siete mil doscientos treinta y siete con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Carril.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de El Carril, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.354.171,23 al Curso de Acción: 071011005206 - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaria de Obras Publicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Nº705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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