RESOLUCIÓN N° 146/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REGULARIZACIÓN DE REDES DISTRIBUIDORAS EN VILLA SANTA ANA - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21188, el día 10 de Marzo de 2022.



SALTA, 2 de Marzo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 146

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 200.368/21 - 0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva para la ejecución de la obra “REGULARIZACIÓN DE REDES DISTRIBUIDORAS EN VILLA SANTA ANA - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROV. DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/44, rola el proyecto ejecutivo elaborado por la empresa Aguas del Norte - CoSaySa S.A., para la ejecución de la obra mencionada, la cual será afrontada con fondos provenientes del Convenio Programa de Asistencia Financiera a las Provincias, celebrado entre el Estado Nacional, el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y la Provincia de Salta, el cual fuera aprobado por Decreto Nº 1086/2021;

Que la presente contratación tiene por objeto la regularización del servicio de agua potable a los lotes frentistas a la Avda. Ex Combatientes de Malvinas, entre calles Lisandro de la Torre y Cambalache en Villa Santa Ana de la ciudad de Salta, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 04/05 y de la documentación y especificaciones técnicas de fs. 07/44;

Que, en virtud de ello, a fs. 46/64 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.896.922,10 (pesos cuatro millones ochocientos noventa y seis mil novecientos veintidós con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 07;

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos;

Que a fs. 66, rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 083/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 68 vta. y 69, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 76, rola la intervención de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 77/79, mediante Dictamen Nº 111/22, la Asesoría Legal de la S.O.P., toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 80, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 59/22;

Que a fs. 82, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/2.021 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 03/05, 17/44 y 46/64 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas, para la ejecución de la obra “REGULARIZACIÓN DE REDES DISTRIBUIDORAS EN VILLA SANTA ANA - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROV. DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.896.922,10 (pesos cuatro millones ochocientos noventa y seis mil novecientos veintidós con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

· Ing. Oscar A. Orellana, Director de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P.

· Ing. Freddy Martínez, Jefe de Programa de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P.

· Ing. Javier Dure, Agente de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P.

· Dr. Agustín Bonari, Director de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038000701 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 887 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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