RESOLUCIÓN N° 153/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 6, 7, 8, 9. 10, 11, 12, 13 Y 14. OBRA: OBRAS EN SECTORES VARIOS HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL - SAN RAMON DE LA NUEVA ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21555, el día 21 de Septiembre de 2023.



SALTA, 12 de Septiembre de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 153

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 321 - 16.882/18 - Cpde. 74 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Obra: “OBRAS EN SECTORES VARIOS HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - PROV. DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 46/21 del Ministerio de Infraestructura (fs. 377/380) a la empresa “VICENTE MONCHO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 148.319.657,44 (pesos ciento cuarenta y ocho millones trescientos diecinueve mil seiscientos cincuenta y siete con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021 (fs. 381/383);

Que asimismo, mediante Resolución M.l. Nº 69/23 (fs. 390/392), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4 y 5, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 185.231.811,96 (pesos ciento ochenta y cinco millones doscientos treinta y un mil ochocientos once con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 (fs. 374);

Que a fs. 2, 45, 85, 126, 206, 250, 296, 333 y 373, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 3 rola Nota de Pedido Nº 24 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 419/420, mediante Actuación Nº 248/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 421/423 el Dictamen Nº 443/23 y a fs. 424 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 11,33%, 6,75%, 7,11%, 7,28%, 6,01%, 5,70%, 6,87%, 5,50%, 5,20%, del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del 2.022 y a Enero, Febrero y Marzo del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 425/433, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 220.165.075,14 (pesos doscientos veinte millones ciento sesenta y cinco mil setenta y cinco con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Mayo de 2022 por la suma de $ 185.231.811,96 (pesos ciento ochenta y cinco millones doscientos treinta y un mil ochocientos once con 96/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $7.606.376,08 (pesos siete millones seiscientos seis mil trescientos setenta y seis con 08/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 4.678.592,54 (pesos cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil quinientos noventa y dos con 54/100), de la actualización N° 8 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 4.970.038,03 (pesos cuatro millones novecientos setenta mil treinta y ocho con 03/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 5.021.158,11 (pesos cinco millones veintiún mil ciento cincuenta y ocho con 11/100), de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 3.741.862,54 (pesos tres millones setecientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta y dos con 54/100), de la actualización Nº 11 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 2.832.641,44 (pesos dos millones ochocientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y un con 44/100), de la actualización Nº 12 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.716.419,41 (pesos dos millones setecientos dieciséis mil cuatrocientos diecinueve con 41/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.930.773,87 (pesos un millón novecientos treinta mil setecientos setenta y tres con 87/100) y de la actualización N° 14 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 1.435.401,16 (pesos un millón cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos uno con 16/100);

Que a fs. 436/448, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 451/462, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 463/465, mediante Dictamen Nº 344/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 466, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 203/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Obra: “OBRAS EN SECTORES VARIOS HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL - SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN - PROV DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 46/21 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista “VICENTE MONCHO CONSTRUCCIONES S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución M.l. Nº 69/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 220.165.075,14 (pesos doscientos veinte millones ciento sesenta y cinco mil setenta y cinco con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 185.231.811,96 (pesos ciento ochenta y cinco millones doscientos treinta y un mil ochocientos once con 96/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $7.606.376,08 (pesos siete millones seiscientos seis mil trescientos setenta y seis con 08/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 4.678.592,54 (pesos cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil quinientos noventa y dos con 54/100), de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 4.970.038,03 (pesos cuatro millones novecientos setenta mil treinta y ocho con 03/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 5.021.158,11 (pesos cinco millones veintiún mil ciento cincuenta y ocho con 11/100), de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 3.741.862,54 (pesos tres millones setecientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta y dos con 54/100), de la actualización Nº 11 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2022 por la suma de $ 2.832.641,44 (pesos dos millones ochocientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y un con 44/100), de la actualización Nº 12 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 2.716.419,41 (pesos dos millones setecientos dieciséis mil cuatrocientos diecinueve con 41/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.930.773,87 (pesos un millón novecientos treinta mil setecientos setenta y tres con 87/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 1.435.401,16 (pesos un millón cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos uno con 16/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “VICENTE MONCHO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017033501 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 415 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho





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