RESOLUCIÓN N° 155/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: RECONSTRUCCIÓN PARED MEDIANERA E.E.T Nº 3.108 - GRAL. RUDECINDO ALVARADO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20798, el día 10 de Agosto de 2020.



SALTA, 19 de Mayo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 155

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47-151.189/17 - Cpde. 14 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “RECONSTRUCCION PARED MEDIANERA E.E.T. Nº 3.108 - GRAL RUDECINDO ALVARADO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 214/19, a la empresa RABUFETTI CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 727.717,15 (pesos setecientos veintisiete mil setecientos diecisiete con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2019 (fs. 03/05);

Que a fs. 19, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º
inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 21, mediante Actuación Nº 576/19 rola la intervención de Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 22/23 el Dictamen Nº 465/19 y a fs. 24 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 17,24 % del valor del contrato y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de junio de 2019;

Que a fs. 28 la Dirección de Obras de Educación a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 853.145,91 (pesos ochocientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta y cinco con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de febrero de 2019 por la suma de $ 727.717,15 (pesos setecientos veintisiete mil setecientos diecisiete con 15/100) y
de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 125.428,76 (pesos ciento veinticinco mil cuatrocientos veintiocho con 76/100);

Que a fs. 29/31, mediante Dictamen Nº 1.052/19, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 33 rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 36, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 39, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/96, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “RECONSTRUCCION PARED MEDIANERA E.E.T. Nº 3.108 - GRAL. RUDECINDO ALVARADO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 214/19, a la contratista RABUFETTI CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 853.145,91 (pesos ochocientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta y cinco con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de febrero de 2019 por la suma de $ 727.717,15 (pesos setecientos veintisiete mil setecientos diecisiete con 15/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 125.428,76 (pesos ciento veinticinco mil cuatrocientos veintiocho con 76/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista RABUFETTI CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011009004 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 408 - Unidad Geográfica: 147 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





VER ANEXO



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