RESOLUCIÓN N° 159/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 - PARAJE SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20798, el día 10 de Agosto de 2020.



SALTA, 21 de Mayo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 159

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47-52.191/19 - Cpde. 12 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 - PARAJE SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 376/19, a la empresa “B&B CONSTRUCCIONES de Fátima Alejandra Carrizo”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 3.080.702,32 (pesos tres millones ochenta mil setecientos dos con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2019 (fs. 24/26);

Que a fs. 55, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 23, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados, con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 58/60, mediante Actuación Nº 754/19 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 61/62 el Dictamen Nº 655/19 y a fs. 63 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 12,37 % del valor del contrato y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de agosto de 2019;     

Que a fs. 65 la Dirección de Obras de Educación a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 3.385.678,00 (pesos tres millones trescientos ochenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2019, comprensivo del monto contractual, a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 3.080.702,32 (pesos tres millones ochenta mil setecientos dos con 32/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 304.975,68 (pesos trescientos cuatro mil novecientos setenta y cinco con 68/100);

Que a fs. 68, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 69/73, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 74/75, mediante Dictamen Nº 249/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 76, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de
 Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/2003 y 3.721/2013,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 - PARAJE SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 376/19, a la contratista “B&B CONSTRUCCIONES de Fátima Alejandra Carrizo".

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 3.385.678,00 (pesos tres millones trescientos ochenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2019, comprensivo del monto, contractual a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 3.080.702,32 (pesos tres millones ochenta mil setecientos dos con 32/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 304.975,68 (pesos trescientos cuatro mil novecientos setenta y cinco con 68/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “B&B CONSTRUCCIONES de Fátima Alejandra Carrizo”, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 265.000,00 al Curso de Acción: 071011057303 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 394 Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el ejercicio 2020 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


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