RESOLUCIÓN N° 159/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUÍ (CORRALITO) - MUNICIPIO DE ANIMANÁ - DPTO. SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20962, el día 09 de Abril de 2021.



SALTA, 06 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 159

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-322.674/2020 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUÍ (CORRALITO) - MUNICIPIO DE ANIMANÁ - DPTO. SAN CARLOS -PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/09, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Animana, eleva proyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar la defensa y encauzamiento del Río Calchaquí, a la altura del paraje Corralito, a fin de proteger a los vecinos del lugar, a los sembradíos de pequeños productores y permitir el escurrimiento de las aguas en épocas estivales;

Que en virtud de ello, a fs. 11/28 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 6.432.798,63 (pesos seis millones cuatrocientos treinta y dos mil setecientos noventa y ocho con 63/100);

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

A tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Animaná;

Que a fs. 29, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 42/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 36, obra la intervención favorable del Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 37, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 42/45, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº D 14/2020;

Que a fs. 46/47, rola Dictamen Nº 47/2020, emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete;

Que a fs. 48, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 83/21;

Que a fs. 50, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E
:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUÍ (CORRALITO) - MUNICIPIO DE ANIMANÁ - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.432.798,63 (pesos seis millones cuatrocientos treinta y dos mil setecientos noventa y ocho con 63/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Animaná.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Animaná, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008054902 - Proyecto: 583 -Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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