RESOLUCIÓN N° 160/20
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO Y EL PROCESO SELECTIVO. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.565 PADRE ANTONIO MALLEA - SANTA ROSA DE LOS PASTOS GRANDES - DPTO. LOS ANDES - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20799, el día 11 de Agosto de 2020.



SALTA, 22 de Mayo de 2020

RESOLUCIÓN Nº 160

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-125.124/12 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 05/2020 llevada a cabo para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.565 PADRE ANTONIO MALLEA - SANTA ROSA DE LOS PASTOS GRANDES - DEPARTAMENTO LOS ANDES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo solicitado a fs. 10/11 y fs. 13/15, por la Dirección de la Escuela Nº 4.565 y a lo ordenado por la Coordinación General de la S.O.P. a fs. 120, la Dirección de Obras de Educación elaboró el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con presupuesto oficial de $ 3.299.159,73 (pesos tres millones doscientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y nueve con 73/100) IVA incluido a valores de noviembre de 2019, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, previsto en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado (fs. 123/153);

Que las razones de emergencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas debido a que las refacciones estipuladas resultan prioritarias para garantizar el próximo y normal reinicio de clases en el periodo 2020, por lo que resulta conveniente acudir a un proceso selectivo de excepción para acortar los plazos de la tramitación de los demás procedimientos ordinarios y poder iniciar los trabajos inmediatamente;

Que el objeto de la presente contratación, incluye el recambio de cubiertas y canaletas, reconstrucción de muro en galería sector albergue y refacciones en recinto tanque reserva en el edificio existente correspondiente a nivel inicial, aulas y patio cubierto;

Que a fs. 186, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto, a fs. 189 de la Subsecretaría de Evaluación y Seguimiento del Gasto Público, dependientes de la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 14/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 193/195, se ha dado cumplimiento con las debidas invitaciones del llamado a Contratación Abreviada, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que en consecuencia, presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “MB CONSTRUCCIONES”, “FERRERO, SERGIO DAVID” y “F. C. CONSTRUCCIONES” (fs. 197/215);

Que a fs. 216/217, rola el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación; el cual declara admisibles todas las ofertas presentadas y recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “MB CONSTRUCCIONES”, en la suma de $ 3.547.461,76 (pesos tres millones quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos, sesenta y uno con 76/100) IVA incluido, que representa un 5,69 % superior al presupuesto oficial actualizado, con plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente a los intereses del Estado, por aplicación de los criterios dispuestos por el artículo 14º del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 218/220, la recomendación de la Dirección de Obras de Educación fue debidamente notificada a todos los invitados a cotizar, sin que los mismos hayan realizado observación o impugnación alguna;

Que a fs. 222/223, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas mediante Dictamen Nº 152/2020;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos inc. i) de la Ley 8.072 y del artículo 22 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 224, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 225, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 15 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo realizado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra "REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.565 PADRE ANTONIO MALLEA - SANTA ROSA DE LOS PASTOS GRANDES - DEPARTAMENTO LOS ANDES - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 3.299.159,73 (pesos tres millones doscientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y nueve con 73/100) IVA incluido, a valores de noviembre de 2019 y un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, por el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 05/2020 por razones de emergencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas “MB CONSTRUCCIONES”, “FERRERO, SERGIO DAVID” y “F. C. CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a la empresa “MB CONSTRUCCIONES”, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de esta Resolución, por un monto de $ 3.547.461,76 (pesos tres millones quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos sesenta y uno con 76/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2020, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso i) de la Ley Nº 8.072, por resultar la más conveniente conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MB CONSTRUCCIONES”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 118 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2020.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente


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