RESOLUCIÓN N° 167/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: LIMPIEZA, AMPLIACIÓN Y REVESTIMIENTO DE CANALES DE DESAGÜES - MUNICIPIO DE EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20966, el día 15 de Abril de 2021.



SALTA, 12 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 167

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34-180.440/2020-1 Cde. y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “LIMPIEZA, AMPLIACIÓN Y REVESTIMIENTO DE CANALES DE DESAGÜES - MUNICIPIO DE EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/43, el Secretario de Recursos Hídricos eleva el proyecto de la obra de referencia, elaborado y solicitado por la Municipalidad de El Quebrachal para que sea incluido en el Plan de Mínima de Drenajes, Defensas y Encauzamientos de la Provincia 2020-2021, requiriéndose la financiación para la ejecución de los trabajos correspondientes;

Que la presente contratación tiene por objeto la limpieza, ampliación y revestimiento de los canales de desagües que atraviesan la zona urbana del municipio de El Quebrachal, a fin de evitar inundaciones en épocas de lluvias y permitir el libre escurrimiento de las avenidas de agua en épocas estivales, comprendiendo la limpieza, la preparación de terreno y el replanteo topográfico, la excavación a máquina de 1036 m3 para el canal de mampostería de piedra y de 460 m3 de mampostería de piedra para canal de desagüe;

Que en virtud de ello, a fs. 45/82 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.342.625,61 (pesos cuatro millones trescientos cuarenta y dos mil seiscientos veinticinco con 61/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Quebrachal;

Que a fs. 85, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 90/93, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 94/95, rola Dictamen Nº 53/21, emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete;

Que a fs. 96, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 88/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 97, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente mediante Informe Nº 85/21;

Que a fs. 99, la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toma conocimiento en cumplimiento del Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “LIMPIEZA, AMPLIACIÓN Y REVESTIMIENTO DE CANALES DE DESAGÜES - MUNICIPIO DE EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.342.625,61 (pesos cuatro millones trescientos cuarenta y dos mil seiscientos veinticinco con 61/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de El Quebrachal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de El Quebrachal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008054902 - Proyecto: 583 -Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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