RESOLUCIÓN N° 172/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ENCAUZAMIENTO Y GAVIONES EN ARROYO LAS CUEVAS - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21421, el día 01 de Marzo de 2023.



SALTA, 17 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 172

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34 - 20.118/23 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “ENCAUZAMIENTO Y GAVIONES EN ARROYO LAS CUEVAS - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/10, la Secretaría de Recursos Hídricos eleva estas actuaciones exponiendo la necesidad de ejecución de la obra y acompañando el anteproyecto de la misma para que sea incluido en el Plan de Mínima 2023, la cual tiene por objeto la realización de los trabajos indispensables para mitigar los desbordes del cauce del Arroyo Las Cuevas de la localidad de Campo Quijano que pudieran afectar a los vecinos de la zona;

Que la presente contratación comprende la provisión y colocación de 9 m3 de gaviones, 18 m2 de geotextil, 47,5 horas máquina y el transporte del material, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 03/05

Que, en virtud de ello, a fs. 12/23, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 2.729.277,88 (pesos dos millones setecientos veintinueve mil doscientos setenta y siete con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Campo Quijano;

Que a fs. 24, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 56/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 27, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 32/35, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 36/37, rola Dictamen Nº 154/23 emitido por la Asesoría legal de la Secretaria de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 38, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 22/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “ENCAUZAMIENTO Y GAVIONES EN ARROYO LAS CUEVAS - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.729.277,88 (pesos dos millones setecientos veintinueve mil doscientos setenta y siete con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Campo Quijano.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Campo Quijano, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 517 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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