RESOLUCIÓN N° 173/22
CONTRATA CON LA FIRMA EDINOA LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO WEB DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO JURÍDICO INTEGRAL ON-LINE

Publicado en el Boletín N° 21191, el día 15 de Marzo de 2022.



SALTA, 14 de Marzo de 2022

RESOLUCIÓN No 173 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente No 138-57483/2021-0

VISTO la necesidad de contar con material bibliográfico actualizado para el mejor desempeño de los servicios jurídicos de la Administración Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que la firma EDINOA presentó una propuesta que prevé la prestación de un servicio web de material bibliográfico jurídico integral on-line, integrado con contenidos de legislación, doctrina y jurisprudencia local actualizados de manera constante;

Que de las constancias de autos surgen los antecedentes que denotan la probada especialidad en la materia de la referida firma, siendo la única empresa que presta dicho servicio de excelencia en el ámbito local;

Que deviene indispensable, contratar la prestación del servicio a efectos de que las áreas jurídicas de la Administración Pública cuenten con las herramientas jurídicas necesarias para desempeñar correctamente su labor;

Que han tomado la intervención de su competencia el Servicio Administrativo Financiero, la Unidad de Sindicatura Interna y el servicio jurídico de la Secretaría Legal y Técnica, de conformidad a lo establecido en el artículo 2o de la Resolución No 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, y en el marco de lo dispuesto en los artículos 15, inciso I) de la Ley No 8072, 7o y 23 del Decreto Reglamentario No 1.319/2018,

LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.- Contratar con la firma EDINOA la prestación de un servicio web de material bibliográfico jurídico integral on-line, destinado a diversos organismos de la Administración Pública, conforme la propuesta técnica y económica que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2o.- La mencionada contratación tendrá vigencia a partir de la fecha de la presente y por el término de seis (6) meses.

ARTÍCULO 3o.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Partida Presupuestaria, Curso de Acción y Cuenta Objeto que correspondan - Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4o.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Morillo



VER ANEXO



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