RESOLUCIÓN N° 182/20
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOTEO NUEVA ESPERANZA II - ETAPA II - DPTO. GRAL. GÜEMES - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20799, el día 11 de Agosto de 2020.



SALTA, 08 de Junio de 2020

RESOLUCIÓN Nº 182

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 83.863/20 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra "SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOTEO NUEVA ESPERANZA II - ETAPA II - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA"; y,

CONSIDERANDO;

Que a fs. 01 el Sr. Intendente de la Municipalidad de General Güemes eleva el proyecto para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una red de media tensión para proveer de suministro eléctrico al loteo Nueva Esperanza II, comprendiendo el tendido de una red de alumbrado público para la iluminación y la construcción de una subestación transformadora aérea que tendrá una potencia final de 315 Kva./33;

Que la ejecución de los trabajos previstos tiene por objetivo proveer de suministro eléctrico y eliminar las actuales conexiones precarias de toda la urbanización, terminando el proyecto global con el tendido de cable, la construcción de dos nuevas subestaciones transformadoras y red de alumbrado público para los 265 lotes y eliminar los actuales problemas de caída de tensión y peligros de electrocución;

Que, en virtud de ello, la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 8.663.267,73 (pesos ocho millones seiscientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y siete con 73/100) IVA incluido a valores de marzo de 2020;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que, a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Gral. Güemes;

Que a fs. 28, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 42/44, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaria de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 14/2020;

Que a fs. 45, rola el Informe Técnico Ambiental Interno Nº 50/2020, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 46/47, rola Dictamen Nº 332/2020 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete;

Que a fs. 48, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales para la obra "SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOTEO NUEVA ESPERANZA II - ETAPA II - DPTO. GRAL. GÜEMES -PROVINCIA DE SALTA", con un presupuesto oficial de $ 8.663.237,73 (pesos ocho millones seiscientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y siete con 73/100) IVA incluido a valores de marzo de 2020, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero y aprobar el Convenio celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Gral. Güemes, cuyo texto en original forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción. 092007019205 - Proyecto: 103 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Ejercicio: 2020.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


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