RESOLUCIÓN N° 183/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ANTEPROYECTO AVANZADO OBRA RUTA NACIONAL Nº 9 - TRAMO: SALTA - LA CALDERA, SECCIÓN I: ROTONDA AVDA. BOLIVIA - PUENTE RÍO WIERNA -MUNICIPIO VAQUEROS - DPTO. LA CALDERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20972, el día 23 de Abril de 2021.



SALTA, 21 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 183

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 01-44.782/2021 - Cpde. 1 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “ANTEPROYECTO AVANZADO OBRA RUTA NACIONAL Nº 9 - TRAMO: SALTA - LA CALDERA, SECCIÓN I: ROTONDA AVDA. BOLIVIA - PUENTE RÍO WIERNA - MUNICIPIO VAQUEROS - DPTO. LA CALDERA -PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Acta Acuerdo suscripta por la Dirección Nacional de Vialidad y el Gobierno de la Provincia de Salta, para la ejecución de la obra “PROYECTO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA RUTA NACIONAL Nº 9 TRAMO: SALTA - LA CALDERA, SECCIÓN I: ROTONDA AV. BOLIVIA - PUENTE RÍO WIERNA”, la cual fuera aprobada por Decreto Nº 173/21, resulta necesaria la ejecución del anteproyecto vial que contemple la normativa vial nacional para una obra de tales características;

Que en virtud de ello, la presente contratación tiene por objeto la formulación de un anteproyecto avanzado para la ejecución de la obra anteriormente mencionada, en un todo de acuerdo con la normativa vigente de la Dirección Nacional de Vialidad y los términos de referencia establecidos;

Que en virtud de ello, a fs. 06/38 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 14.646.324,00 (pesos catorce millones seiscientos cuarenta y seis mil trescientos veinticuatro con 00/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Vaqueros;

Que a fs. 42, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 47/51, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 52/53, rola Dictamen Nº 81/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete;

Que a fs. 53 vta., rola la intervención del Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 54, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente mediante Informe Nº 91/21;

Que a fs. 56, la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toma conocimiento en cumplimiento del Decreto N° 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “ANTEPROYECTO AVANZADO OBRA RUTA NACIONAL Nº 9 - TRAMO: SALTA - LA CALDERA, SECCIÓN I: ROTONDA AVDA. BOLIVIA -PUENTE RÍO WIERNA - MUNICIPIO VAQUEROS - DPTO. LA CALDERA -PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 14.646.324,00 (pesos catorce millones seiscientos cuarenta y seis mil trescientos veinticuatro con 00/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Vaqueros.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Vaqueros, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 -Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image