RESOLUCIÓN N° 184/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: RECAMBIO Y AMPLIACIONES DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20972, el día 23 de Abril de 2021.



SALTA, 21 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 184

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-272.061/2020-Cpde. 1 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “RECAMBIO Y AMPLIACIONES DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la presente obra se encuentra incluida en el Anexo I del Convenio de Asistencia Financiera celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) y la Provincia de Salta, para la ejecución de proyectos de obras de saneamiento en diversas localidades de la Provincia, el cual fuera aprobada por Decreto Nº 808/20, y contemplada en el Convenio Específico de Cooperación y Financiación suscripto entre el ENHOSA y la Secretaría de Obras Públicas (fs. 71/75);

Que la presente contratación tiene por objeto la mejora en el servicio de provisión de agua potable, mediante el recambio y la ampliación de las redes de agua;

Que en virtud de ello, la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento (CoSAySa) tomó intervención, formulando el proyecto ejecutivo (fs. 08/60);

Que a fs. 63/69, la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 3.614.989,82 (pesos tres millones seiscientos catorce mil novecientos ochenta y nueve con 82/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Quebrachal;

Que a fs. 62, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 92/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 77, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 82/85, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 86/87, rola Dictamen Nº 144/21 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete;

Que a fs. 88, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente mediante Informe Nº 93/21;

Que a fs. 90, la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toma conocimiento en cumplimiento del Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “RECAMBIO Y AMPLIACIONES DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 3.614.989,82 (pesos tres millones seiscientos catorce mil novecientos ochenta y nueve con 82/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de El Quebrachal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de El Quebrachal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007147201 - Proyecto: 396 -Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: PROARSA (23133) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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