RESOLUCIÓN N° 187/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN NUEVO CENTRO DE SALUD SANTA ROSA - LOCALIDAD DE SANTA ROSA - RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20975, el día 28 de Abril de 2021.



SALTA, 22 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 187

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-56.946/21 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN NUEVO CENTRO DE SALUD DE SANTA ROSA - LOCALIDAD SANTA ROSA - RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, interviene el Coordinador General de la SOP, informando que atento a la visita efectuada por el Sr. Secretario de Obras Públicas y el Sr. Ministro de Salud Pública surgió la necesidad de fortalecer los servicios de salud del área, por lo que solicita la elaboración del legajo técnico para la ejecución de la obra;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de un nuevo edificio para el funcionamiento de un Centro de Salud, en reemplazo del actual puesto sanitario de la localidad de Santa Rosa;

Que en virtud de ello, a fs. 03/51 y 55/53 la Dirección de Obras de Salud y Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionaron el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 19.740.132,33 (pesos diecinueve millones setecientos cuarenta mil ciento treinta y dos con 33/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 270 (doscientos setenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur;

Que a fs. 52, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 61/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 65, obra la intervención del Coordinador General de la SOP, contando con el Visto Bueno del Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 67, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 72/76, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº D 14/2020;

Que a fs. 77/78, rola Dictamen Nº 145/21, emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete;

Que a fs. 79, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 94/21;

Que a fs. 81, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “CONSTRUCCIÓN NUEVO CENTRO DE SALUD DE SANTA ROSA - LOCALIDAD SANTA ROSA - RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 19.740.132,33 (pesos diecinueve millones setecientos cuarenta mil ciento treinta y dos con 33/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 270 (doscientos setenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007144401 - Proyecto: 665 -Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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