RESOLUCIÓN N° 187/21
APRUEBA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 11/2021. ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO RECREATIVO Y DE ACCESIBILIDAD: TREN ELÉCTRICO. PROYECTO: PUESTA EN VALOR Y PAISAJISMO DE LOS PARQUES. UNIDAD COORDINADORA DE PARQUES URBANOS DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21131, el día 14 de Diciembre de 2021.



SALTA, 06 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 187

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-163404/2021-5 y agregados.

VISTO la Licitación Pública Nacional Nº 11/2021 para la “Adquisición de Equipamiento Recreativo y de Accesibilidad: Tren Eléctrico" en virtud del Proyecto “Puesta en valor y Paisajismo de los Parques que integran la Unidad Coordinadora de Parques Urbanos de la Provincia de Salta”, llevada a cabo por la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, en el marco de la ejecución del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de Ia Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Provincial Nº 7758, promulgada por Decreto Provincial Nº 3809/2012, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), un Contrato de Préstamo y toda la documentación complementaria para el financiamiento del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR;

Que el artículo décimo de la ley mencionada establece que la ejecución del Programa estará a cargo del organismo que designe el Poder Ejecutivo Provincial, con las funciones, derechos y obligaciones que a tales efectos se definan en el Contrato de Préstamo y en el Reglamento Operativo del Programa;

Que el Contrato de Préstamo, aprobado por Decreto Nº 2163/2013, estableció que el Organismo Ejecutor sería la Subsecretaría de Financiamiento del por entonces Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia, actual Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, la cual tendrá responsabilidad total en la administración y supervisión del Programa;

Que por Decreto Nº 752/2020 se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros;

Que entre las funciones de la Unidad Ejecutora se incluyen la de ejecutar el Programa conforme a las condiciones contratuales; planificar y elaborar los Planes Operativos Anuales, como así también los informes requeridos, entre otras actividades. En general a la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) le corresponde dirigir, coordinar y ejercer la supervisión y el control técnico, económico-financiero y jurídico de su ejecución;

Que la Cláusula 4.01 del Contrato de Préstamo establece que la Adquisición de Bienes y Obras se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones establecidas en el Documento GN-2349-9 “Políticas para la adquisición de bienes y obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo";

Que dentro de ese marco jurídico se lleva adelante la Licitación Pública Nacional Nº 11/2021, con el objeto de adquirir un Tren Eléctrico a ser destinado al Parque del Bicentenario ubicado en la Zona Norte de la Ciudad de Salta, con un presupuesto oficial asignado de $ 55.357.500 (Pesos cincuenta y cinco millones trescientos cincuenta y siete mil quinientos), IVA incluido;

Que a fs. 29 consta el cumplimiento de las exigencias impuestas por la Resolución Nº 211/12 del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos y de las Resoluciones Nº 16/2021 y Nº 27/2021 de este Ministerio, con la debida intervención y autorización del Sr. Secretario de Finanzas;

Que dentro del proceso selectivo se efectuaron las publicaciones del llamado a licitación en diarios de circulación provincial y nacional y en la página web de este Ministerio (fs. 72/79);

Que conforme consta en el Acta de Apertura de las Ofertas obrante fs. 86, en fecha 02/11/2021, se procedió a la apertura de la única oferta presentada correspondiente al oferente CARROUSEL PARK SRL, quien presenta una oferta económica por la suma de $ 55.350.000 (Pesos cincuenta y cinco millones trescientos cincuenta mil) IVA incluido;

Que por Disposición Nº 36/2021 de la Dirección General de Financiamiento se conformó la Comisión Evaluadora encargada de evaluar las ofertas presentadas en la licitación pública nacional (fs. 85);

Que en fecha 16 de noviembe de 2021, luego del análisis minucioso de la única oferta presentada por la firma CARROUSEL PARK SRL, la Que por Disposición Nº 36/2021 de la Dirección General de Financiamiento se conformó la Comisión Evaluadora encargada de evaluar las ofertas presentadas en la licitación pública nacional (fs. 85);

Comisión Evaluadora en el Dictamen de Evaluación obrante a fs. 251/253 recomienda se adjudique a la empresa oferente la Licitación Pública Nacional Nº 11/21 por la suma total de de $ 55.350.000 (Pesos cincuenta y cinco millones trescientos cincuenta mil), precio final, IVA incluido, de conformidad con los documentos de la LPN;

Que a fs. 255/256 obra la imputación definitiva correspondiente, informando que la presente obra será financiada en un 50% por aportes del BID y en un 50% con aportes locales correspondientes al Préstamo BID Nº 2835/OC-AR;

Que a fs. 262/263 la Unidad de Sindicatura Interna de este Ministerio, ha tomado intervención de su competencia y recomienda la prosecución del trámite;

Que es de hacer notar que, en la presente contratación no se aplica el régimen de la Ley Nº 8.072 -Sistema de Contrataciones de la Provincia- y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18, conforme a lo establecido en su Art. 3, inc. c) que prevé que quedan excluidos de la aplicación de sus disposiciones los contratos y negocios jurídicos que se celebren con Estados Extranjeros, con entidades de derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito, los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos;

Que conforme la exclusión expresa de la legislación provincial, resulta aplicable lo acordado en el Contrato de Préstamo y lo reglado por la normativa de adquisiciones del BID - Documento GN 2349-9 denominado “Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”- y el pliego de la licitación pública nacional

Que conforme surge de las circunstancias del expediente en el caso se han cumplido la totalidad de las pautas procedimentales previstas y requisitos exigidos en las normas citadas;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido que aconsejan el dictado del acto administrativo pertinente de acuerdo a lo dispuesto en la normativa aplicable;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobar la Licitación Pública Nacional Nº 11/2021 para la “Adquisición de Equipamiento Recreativo y de Accesibilidad: Tren Eléctrico” en el marco del Proyecto "Puesta en valor y Paisajismo de los Parques que integran la Unidad Coordinadora de Parques Urbanos de la Provincia de Salta”, con un presupuesto oficial asignado de $ 55.357.500 (Pesos cincuenta y cinco millones trescientos cincuenta y siete mil quinientos), IVA incluido, llevada a cabo por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera, en su carácter de Unidad Ejecutora del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta - Préstamo BID Nº 2835/OC-AR.

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a la firma CARROUSEL PARK SRL, CUIT Nº 33-71408994-9, con domicilio legal en calle Florentino Ameghino Nº 1851 Planta Baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Licitación Pública nacional descripta en el artículo primero, en la suma total y final de $ 55.350.000 (Pesos cincuenta y cinco millones trescientos cincuenta mil), IVA incluido, por resultar si oferta la única y por cumplir con los requerimientos técnicos y financieros previstos en el Pliego de la Licitación Pública Nacional Nº 11/2021.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir el contrato de obra correspondiente con la adjudicataria.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en las siguientes partidas presupuestarias: Curso de acción: 551012000200. Cuenta: 123142 y Curso de acción: 551012000100. Cuenta: 123142. Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial y Archivar.



Dib Ashur





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