RESOLUCIÓN N° 195/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: NUEVA ILUMINACIÓN LED EN LA LOCALIDAD DE PLUMA DE PATO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20983, el día 07 de Mayo de 2021.



SALTA, 23 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 195

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-43.375/21-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “NUEVA ILUMINACIÓN LED EN LA LOCALIDAD DE PLUMA DE PATO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/14, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, eleva el proyecto técnico y solicita la financiación para la ejecución de la obra de referencia, la cual permitirá mejorar considerablemente el acceso a la localidad de Pluma de Pato;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar la readecuación y reemplazo de lámparas tipo SAP - sodio por luminarias de tecnología LED de 150 W de alumbrado público y brazo doble de 0.60 metros sobre la platabanda central de acceso a la localidad, con el retiro y reubicación de las obsoletas, como así también la construcción de una red de alumbrado público sobre columnas de acero con artefactos de 180 W. sobre las calles para poder iluminar la iglesia, la escuela y la policía, y finalmente la iluminación sobre la Ruta Nacional 81 de acceso a la localidad; sobre nuevas columnas con artefactos de 180 W.;

Que en virtud de ello, a fs. 16/29 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.806.358,62 (pesos quince millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y ocho con 62/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte;

Que a fs. 33, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 38/41, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº D 14/2020, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 42, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 115/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 43/44, rola Dictamen Nº 95/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete;

Que a fs. 45, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 101/21;

Que a fs. 47, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “NUEVA ILUMINACIÓN LED EN LA LOCALIDAD DE PLUMA DE PATO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.806.358,62 (pesos quince millones ochocientos seis mil trescientos cincuenta y ocho con 62/100), con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008057001 - Proyecto: 693 -Unidad Geográfica: 133 - Financiamiento: FEDEI (20913) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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