RESOLUCIÓN N° 195/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: OBRAS EN COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21426, el día 08 de Marzo de 2023.



SALTA, 28 de Febrero de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 195

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 221.977/2.020 - Cpde. 12 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “OBRAS EN COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 80/22 (fs. 90) a la firma VIVEROS DIEGO DAVID FRANCO, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 16.454.752,78 (pesos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientse al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 23/25);

Que a fs. 69, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 01, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 71, mediante Actuación Nº 236/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 72/73 el Dictamen Nº 434/22 y a fs. 74 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 30,05 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022;

Que a fs. 76, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 18.267.025,18 (pesos dieciocho millones doscientos sesenta y siete mil veinticinco con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 16.454.752,78 (pesos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 78/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 1.812.272,40 (pesos un millón ochocientos doce mil doscientos setenta y dos con 40/100);

Que a fs. 78, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 81/83, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 87/88, mediante Dictamen Nº 20/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Publicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 89, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 43/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “OBRAS EN COMPLEJO DEPORTIVO Y TURÍSTICO LA CALDERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 80/22, a la contratista VIVEROS DIEGO DAVID FRANCO.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 80/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 18.267.025,18 (pesos dieciocho millones doscientos sesenta y siete mil veinticinco con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 16.454.752,78 (pesos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 78/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 1.812.272,40 (pesos un millón ochocientos doce mil doscientos setenta y dos con 40/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista VIVEROS DIEGO DAVID FRANCO, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 906.136,20 al Curso de Acción: 092007162001- Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 586 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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