RESOLUCIÓN N° 199/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.505 - REPÚBLICA DEL PARAGUAY SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21427, el día 09 de Marzo de 2023.



SALTA, 01 de Marzo de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 199

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 167.478/19 Cpde. 12 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.505 “REPÚBLICA DEL PARAGUAY” - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 607/21 (fs. 50) a la empresa CE y BA S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 15.214.827,92 (pesos quince millones doscientos catorce mil ochocientos veintisiete con 92/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 (fs. 15/17);

Que a fs. 30, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 01 rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 32/34, mediante Actuación Nº 30/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 35/36 el Dictamen Nº 133/22 y a fs. 37 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 6,80 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021;

Que a fs. 38, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 16.042.169,65 (pesos dieciséis millones cuarenta y dos mil ciento sesenta y nueve con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 por la suma de $ 15.214.827,92 (pesos quince millones doscientos catorce mil ochocientos veintisiete con 92/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 827.341,73 (pesos ochocientos veintisiete mil trescientos cuarenta y uno con 73/100);

Que a fs. 40, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 43/45, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 47/48, mediante Dictamen Nº 109, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 49, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 29/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CAMBIO DE CUBIERTAS ESCUELA Nº 4.505 “REPÚBLICA DEL PARAGUAY” - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 607/21, a la contratista CE y BA S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 607/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 16.042.169,65 (pesos dieciséis millones cuarenta y dos mil ciento sesenta y nueve con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 por la suma de $ 15.214.827,92 (pesos quince millones doscientos catorce mil ochocientos veintisiete con 92/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 827.341,73 (pesos ochocientos veintisiete mil trescientos cuarenta y uno con 73/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista CE y BA S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011057502 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 428 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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