RESOLUCIÓN N° 23D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. SRA. DOLORES DEL CARMEN PASTOR.

Publicado en el Boletín N° 20683, el día 11 de Febrero de 2020.



SALTA, 05 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 23 D

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 0022-614492/2019-0.

VISTO
la renuncia presentada por la señora Dolores del Carmen Pastor, agente de planta permanente de la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Ingresos Públicos de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a partir del día 13 de noviembre de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del beneficio jubilatorio a través del Acuerdo Colectivo Nº 01284 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que a fs. 07 y 09 respectivamente, las áreas técnicas competentes informan que la presentante no posee bienes patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra sumario alguno;

Que a fs. 03 la señora Dolores del Carmen Pastor manifestó expresamente su voluntad de no realizarse el examen psico-físico de egreso;

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delegó al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al día 13 de noviembre de 2019, la renuncia de la señora DOLORES DEL CARMEN PASTOR, D.N.I. Nº 13.674.126, al Cargo previsto en el Decreto Nº 2.986/15 de Técnico Operador B - Agrupamiento: Técnico - Subgrupo: 2 - Función Jerárquica IV - Nº de Orden: 401, dependiente de la Supervisión Cobro Judicial de la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Ingresos Públicos de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por acogerse al beneficio jubilatorio.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la señora PASTOR, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





Responsive image Responsive image