SALTA, 19 de Enero de 2022
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 23 D
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 33-297950/2020-0
VISTO las actuaciones de referencia a través de las cuales se tramita la extinción de la relación de empleo del señor Máximo Pastrana, D.N.I. Nº 11.515.602, agente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, por haberse constatado la obtención del beneficio jubilatorio; y,
CONSIDERANDO:
Que el señor Máximo Pastrana, no registra sumario administrativo iniciado en su contra, no posee bienes patrimoniales a su cargo y ha manifestado su voluntad de no someterse a la realización del examen psicofísico de egreso, por lo que la Dirección de Vialidad de Salta, emitió la Resolución Nº 1158/2020 (fs. 12/13), sujeta a su ratificación por el Poder Ejecutivo, a través de la cual se declara la extinción de la relación de empleo público, siendo la misma notificada en fecha 21/12/2020;
Que la mencionada extinción de la relación laboral se realizó con el encuadre jurídico en la Ley Nº 24.241, Leyes Provinciales Nros. 5546, 6830, 6903 y 8064, Decreto Nº 137/2021, el Acta Paritaria Nº 01/14, homologada por Resolución N° 420/14, dictada en el marco del art. 85 inc. b) C.C.T. Nº 572/09, art. 252 L.C.T., en virtud del art. 5º C.C.T. Nº 572/09 y Dec. Nº 1.571/00, aplicables a la Dirección de Vialidad de Salta;
Que a fs. 32/33, mediante Dictamen Nº 500/21, la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, aconsejando dictar el correspondiente acto administrativo que declare la extinción de la relación de empleo público de señor Máximo Pastrana;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por extinguida la relación de empleo del señor MÁXIMO PASTRANA, D.N.I. Nº 11.515.602, agente de la Dirección de Vialidad de Salta, ente autárquico vinculado al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Infraestructura, a partir del 21 de Diciembre de 2020, conforme a los fundamentos vertidos en los Considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho