RESOLUCIÓN N° 200/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2 Y 3. OBRA: TERMINACIÓN Y AMPLIACIÓN DESTACAMENTO POLICIAL BARRIO ABDALA - ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21427, el día 09 de Marzo de 2023.



SALTA, 01 de Marzo de 2.023

RESOLUCIÓN Nº 200

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 71.921/21- Cpde. 17 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “TERMINACIÓN Y AMPLIACIÓN DESTACAMENTO POLICIAL BARRIO ABDALA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 620/21 (fs. 77) a la firma ING. SERGIO D. FERRERO, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 6.048.349,91 (pesos seis millones cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y nueve con 91/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 (fs. 41/43);

Que asimismo por Resolución S.O.P. Nº 606/22 (fs. 56), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 6.436.284,41 (pesos seis millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos ochenta y cuatro con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 (fs. 44);

Que a fs. 40 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que a fs. 57/58, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 60 mediante Actuación Nº 194/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 61/62 el Dictamen Nº 377/22 y a fs. 63 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,71 % y 5,03 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Febrero y Marzo del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 64/65, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 6.758.547,10 (pesos seis millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 6.436.284,41 (pesos seis millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos ochenta y cuatro con 41/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 218.787,81 (pesos doscientos dieciocho mil setecientos ochenta y siete con 81/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 103.474,88 (pesos ciento tres mil cuatrocientos setenta y cuatro con 88/100);

Que a fs. 66, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 69/73, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 74/75, mediante Dictamen Nº 106/23 la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 76, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 31/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la Obra: “TERMINACIÓN Y AMPLIACIÓN DESTACAMENTO POLICIAL BARRIO ABDALA - ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 620/21, a la contratista ING. SERGIO D. FERRERO.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 606/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 6.758.547,10 (pesos seis millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021 por la suma de $ 6.436.284,41 (pesos seis millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos ochenta y cuatro con 41/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 218.787,81 (pesos doscientos dieciocho mil setecientos ochenta y siete con 81/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $103.474,88 (pesos ciento tres mil cuatrocientos setenta y cuatro con 88/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. SERGIO D. FERRERO, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092006013301 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 565 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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