RESOLUCIÓN N° 202/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A ESCUELA N° 4.810 LOS ROSALES - ETAPA 1 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20984, el día 10 de Mayo de 2021.



SALTA, 29 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN Nº 202

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 01-99.739/2017-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A ESCUELA Nº 4.810 LOS ROSALES - ETAPA 1 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 08/22, el Sr. Intendente de la Municipalidad de El Galpón, eleva el proyecto técnico actualizado y solicita la financiación para la ejecución de la obra de referencia, la que posibilitará la dotación de energía eléctrica a la Escuela Nº 4.810 de la localidad de Los Rosales;

Que la presente contratación tiene por objeto la provisión, transporte y montaje de 4.200 metros de línea de media tensión en 33 kv. para la Escuela Nº 4.810 y los vecinos de la zona;

Que en virtud de ello, a fs. 26/33 y 41/46 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva y la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionaron el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 16.180.517,57 (pesos dieciséis millones ciento ochenta mil quinientos diecisiete con 57/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Galpón;

Que a fs. 39, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 68/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 49/50, intervienen favorablemente el Coordinador General de la SOP y el Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 51, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 56/60, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº D 14/2020, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 61/62, rola Dictamen Nº 77/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete;

Que a fs. 63, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 98/21;

Que a fs. 65, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva y la Dirección de Obras Municipales, para la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A ESCUELA Nº 4.810 LOS ROSALES - ETAPA 1 - MUNICIPIO EL GALPÓN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.180.517,57 (pesos dieciséis millones ciento ochenta mil quinientos diecisiete con 57/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de El Galpón.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de El Galpón, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007144901 - Proyecto: 405 - Unidad Geográfica: 112 - Financiamiento: FEDEI (20913) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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